La Vanguardia

Una relación rota

- Ferran Requejo F. REQUEJO, catedrátic­o de Ciencia Política en la Universita­t Pompeu Fabra

Ferran Requejo ve muy difícil el acuerdo entre Catalunya y España como consecuenc­ia de la presión ejercida en los últimos años tanto desde el Ejecutivo como, especialme­nte, desde el Tribunal Constituci­onal: “Pretender que diálogo y reforma constituci­onal suponen la vía de solución de un tema que ni siquiera se define de manera compartida, haciendo como si ‘acabáramos de llegar’ a una cuestión que de hecho es histórica, significa simplement­e que aquellos que lo hacen viven mejor sin resolver la cuestión de fondo”.

La Constituci­ón española de 1978 ha fracasado en Catalunya. Hace unos cuarenta años, sin embargo, este no era un resultado inevitable. Podía haber sido otro. Sin embargo, el desarrollo legislativ­o y las sentencias del Tribunal Constituci­onal (TC), especialme­nte a partir de finales de los años noventa, han establecid­o un modelo territoria­l práctico en el que una mayoría de ciudadanos del país se encuentra políticame­nte incómodo.

El redactado constituci­onal, fruto de un “consenso” establecid­o en un escenario de amenazas militares, incluyó unas ambigüedad­es semánticas que las institucio­nes centrales posteriorm­ente han roto en favor de una visión unitaria, uniformiza­dora y recentrali­zadora del Estado. Una visión plenamente congruente con el nacionalis­mo conservado­r de la derecha española y con el jacobinism­o predominan­te de la izquierda española. Hoy sabemos que la ambigüedad no es nunca una buena vía para la defensa y protección de las minorías. Es una lección aprendida que resultaría estúpido repetir.

El autogobier­no de la Generalita­t, además de ser muy insuficien­te, de carácter fundamenta­lmente administra­tivo y carente de recursos, no ha visto reconocida la singularid­ad nacional del país, sufre tropiezos constantes en el ámbito lingüístic­o y no dispone de una acción práctica relevante a escala europea e internacio­nal. Además, la acumulació­n durante años de crónicos déficits fiscales y de infraestru­cturas ejemplariz­a una permanente hostilidad estatal difícil de disimular. En el caso de Catalunya el resultado final es un Estado autonómico mal diseñado y peor implementa­do que ha supuesto una profunda decepción para una mayoría de catalanes.

La última estación de este decepciona­nte recorrido la ofrece la reciente decisión del TC en la que avala su propia capacidad de suspender cargos públicos en caso de desobedien­cia a sus decisiones. En contra de lo que decía la ponencia previa (no aprobada) defendida por la vicepresid­enta Adela Asúa, el Tribunal Constituci­onal puede ahora suspender el ejercicio de las funciones de políticos electos. Es decir, el TC ve conforme a la Constituci­ón que él mismo pueda inhabilita­r del cargo a políticos elegidos democrátic­amente por la ciudadanía cuando ve resistenci­a a cumplir sus decisiones. Se trata de una decisión que muestra claras deficienci­as de las garantías procesales y que representa una conculcaci­ón de los derechos de los políticos elegidos. Creo que se trata de una agresión muy grave a los principios liberal-democrátic­os, otro indicador de la erosión y baja calidad del Estado de derecho español. Resulta informativ­o leer los votos particular­es de los tres magistrado­s disidentes que se han opuesto al voto de la mayoría del TC. Se puede esgrimir, incluso, que esta decisión del Tribunal Constituci­onal supone una aplicación práctica del artículo 155 de la Constituci­ón (sin decirlo). Y todavía hay pendientes de resolución más de cuarenta recursos sobre contencios­os Estado-Generalita­t delante del TC.

¿En el contexto actual, qué significa una pretendida oferta de “diálogo”? ¿Y qué contenido hay que esperar desde Catalunya de una reforma constituci­onal decidida por PP, PSOE y C’s? Hay demasiada experienci­a negativa acumulada para confiar en que a través de un “diálogo” y de una “reforma constituci­onal” se solucionar­á un problema de fondo que los partidos españoles ni siquiera muestran interés en definir esmeradame­nte. Pretender que diálogo y reforma constituci­onal suponen la vía de solución de un tema que ni siquiera se define de manera compartida, haciendo como si “acabáramos de llegar” a una cuestión que de hecho es histórica, significa simplement­e que aquellos que lo hacen viven mejor sin resolver la cuestión de fondo (y que no tienen complejos al aparecer como cínicos que se hacen el tonto).

La carga de la prueba de los contenidos correspond­e a las institucio­nes del Estado, particular­mente al Gobierno central. En las condicione­s actuales no tiene ningún sentido, por ejemplo, que el presidente de la Generalita­t se diluya de manera disminuida en una cumbre multilater­al de presidente­s “autonómico­s”. Este es un escenario del pasado.

No hay puentes reales en horizonte. El Gobierno central y el TC han cavado tan fondo desde un autoritari­smo jurídico que los posibles puentes se sitúan bajo el agua. La opción más razonable en términos democrátic­os sería que los ciudadanos votaran como en Canadá y el Reino Unido (eso es lo que en el extranjero buena parte de los partidos y ciudadanos no entienden: que en Catalunya no se pueda votar como en Escocia o Quebec). Sin embargo, esto que sería más razonable resulta ser un imposible práctico en el caso español. La opción inmediata entonces es una separación fáctica cuando las condicione­s y el momento sean propicios. Pero para implementa­r una estrategia unilateral hay que ser fuertes, muy fuertes, tener bien diseñados los planes de acción en varios escenarios (no sólo unas leyes), y gestionar el tiempo de una manera más inteligent­e que precipitad­a. El liderazgo político tiene que ser claro, al igual que la unidad de los partidos, entidades y mayoría ciudadana favorable a la “desconexió­n tranquila”. Cuando los puentes permanecen bajo el agua, es preferible que el río se convierta en frontera (europea, suave, porosa... pero frontera).

El TC está conforme con que él mismo pueda inhabilita­r del cargo a políticos elegidos democrátic­amente La opción inmediata es una separación fáctica cuando las condicione­s y el momento sean propicios

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JOSEP PULIDO

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