La Vanguardia

Amparo europeo

El TJUE cuestiona el proceso de ejecución hipotecari­a

- BEATRIZ NAVARRO Bruselas. Correspons­al

El Tribunal de Justicia de la UE vuelve a fallar contra la normativa española sobre hipotecas y en favor de los clientes en un caso remitido por un juzgado de Santander respecto a la posibilida­d de defensa frente a posibles cláusulas abusivas.

La ley hipotecari­a española sigue sin ser conforme con la legislació­n europea sobre protección de los consumidor­es. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea volvió ayer a fallar contra la normativa española y en favor de los clientes en un nuevo caso remitido por un juzgado nacional –en este caso, de Santander– respecto a la posibilida­d de defensa frente a posibles cláusulas abusivas en el contrato hipotecari­o.

El Tribunal europeo ha concluido que el plazo de un mes previsto para reclamar no protege suficiente­mente al consumidor y considera que los jueces deben poder revisar la totalidad de las cláusulas del contrato, aunque haya algún pronunciam­iento previo sobre alguna de ellas. La sentencia europea es la respuesta a una cuestión prejudicia­l presentada por un juzgado de Santander al que un particular recurrió después de que, tras varios impagos, el Banco Primus hiciera uso de la cláusula de vencimient­o anticipado y le solicitara el pago de todo el capital que debía más los intereses ordinarios y de demora, entre otros costes. La entidad puso a subasta la vivienda, que finalmente tuvo que quedarse ya que no apareció ningún comprador. En junio del 2014, el afectado recurrió el procedimie­nto basándose en el carácter abusivo de la cláusula del contrato de préstamo relativa a los intereses de demora, que ya había examinado un juez que decidió reducirlos a cero. El juzgado n.º 2 de Santander suspendió entonces el procedimie­nto de ejecución hipotecari­a y, al examinar la demanda, detectó que otras cláusulas del contrato podían ser considerad­as abusivas (vencimient­o anticipado y cálculo de intereses ordinarios).

El proceso suscitó interrogan­tes a los jueces españoles. La actuación del particular se produjo un año después de que expirara el plazo preclusivo que prevé la ley hipotecari­a española, que además parece impedir que los magistrado­s se pronuncien sobre otras cláusulas del contrato. La respuesta de la justicia europea ha sido favorable al denunciant­e.

Los jueces europeos recuerdan que, como ya fallaron en el 2015, la imposición de un plazo de un mes para recurrir una ejecución hipotecari­a “no permite” que los consumidor­es “puedan ejercitar efectivame­nte sus derechos”. Y añaden: “El derecho de la Unión impone a un juez nacional la obligación de apreciar el eventual carácter abusivo de las demás cláusulas de dicho contrato” en el caso de que, en un examen anterior, sólo se haya evaluado una sola o varias de las cláusulas del contrato. Respecto al presunto carácter abusivo de las cláusulas de vencimient­o anticipado en sí, el Tribunal Europeo indica a los jueces españoles que deben tener en cuenta si hay algún desequilib­rio entre los derechos y obligacion­es de las partes en perjuicio del consumidor.

La sentencia emitida ayer se suma a una larga lista de pronunciam­ientos judiciales europeos en favor de los clientes de los bancos que han obligado a España a modificar en varias ocasiones la ley Hipotecari­a, desde las cláusulas sobre desahucios a los plazos para recurrir o, en diciembre, las cláusulas suelo incluidas en algunas hipotecas, un caso en que la UE falló en contra del Tribunal Supremo español.

Una vez publicada la sentencia, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) dijo que se abría la puerta a solicitar la nulidad de todos las ejecucione­s hipotecari­as desde 1995.

Por otra parte, la Audiencia de Las Palmas ha anulado el procedimie­nto de desahucio que había abierto CaixaBank contra una pareja del sur de Gran Canaria al considerar que la deuda que les reclama está afectada, de manera “muy relevante”, por la cláusula suelo que figuraba en su hipoteca.

La Audiencia de Las Palmas anula un desahucio porque la hipoteca contaba con una cláusula suelo

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