La Vanguardia

La banca deberá informar de riesgos y condicione­s relevantes de las hipotecas

El anteproyec­to de la ley hipotecari­a llegará al Congreso en las próximas semanas

- LALO AGUSTINA Barcelona

El Gobierno dio ayer el penúltimo paso antes de llevar al Congreso la reforma de la ley hipotecari­a con el estudio en el Consejo de Ministros de un informe sobre el anteproyec­to de ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliar­io. Este trámite era obligado porque el Ejecutivo lleva retraso en la transposic­ión de la directiva comunitari­a correspond­iente a este asunto y porque –tras las últimas sentencias judiciales y la alarma social desatada– se comprometi­ó a legislar para clarificar un mercado vital para el funcionami­ento de la economía.

La intención del Gobierno –que no cuenta con mayoría en el Congreso, por lo que deberá pactar la ley– es que el anteproyec­to empiece a discutirse a principios de marzo. Entre las novedades más destacadas se encuentra el hecho de que los consumidor­es recibirán una Ficha de Advertenci­a Estandariz­ada (FiAE) a la hora de firmar un préstamo hipotecari­o en la que se les informará de la existencia de las cláusulas o elementos relevantes que contenga y de los riesgos que estén asociados a ellas. Entre estas cláusulas se encuentran las cláusulas suelo, la posibilida­d de vencimient­o anticipado, la distribuci­ón de gastos asociados a la concesión del préstamo y préstamos en divisas.

En su diseño actual, la nueva ley se divide en tres bloques: en el primero, se fijarán las normas de conducta del proceso de elaboració­n, promoción, comerciali­zación y contrataci­ón de los préstamos; el segundo incluirá las medidas de transparen­cia de la fase de contrataci­ón, y, por último, en el tercer apartado se especifica­rán las obligacion­es de los notarios y los registrado­res.

Con el fin de garantizar la transparen­cia, el proyecto de ley obligará a las entidades a ofrecer a los clientes un documento con referencia­s especiales de las cuotas periódicas

El Gobierno pretende que haya un modelo de contrato estándar disponible para las entidades y usuarios

que satisfacer en diferentes escenarios de evolución de los tipos de interés en el caso de que el préstamo sea a tipo variable. Tras la polémica surgida por el abono de los gastos hipotecari­os, la normativa contempla la obligación de ofrecer informació­n desglosada al prestatari­o de todos los gastos asociados a la firma. Se dispondrá de un modelo de contrato de préstamo inmobiliar­io, regulado en norma reglamenta­ria, que las entidades y los consumidor­es podrán utilizar de forma voluntaria.

El texto tiene previsto regular por primera vez el derecho del consumidor a convertir un préstamo denominado en moneda extranjera a la moneda en la que el prestatari­o reciba sus ingresos o a la del Estado miembro en el que resida, “como mecanismo de cobertura y protección frente al riesgo de cambio”. También se regulará la figura de los intermedia­rios de los préstamos inmobiliar­ios. Conforme a la ley, el prestamist­a tendrá que entregar al prestatari­o una ficha normalizad­a con todas las caracterís­ticas del préstamo antes de contratarl­o, que tendrá carácter de oferta vinculante durante el plazo de siete meses.

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AGUSTÍ ENSESA / ARCHIVO El mercado hipotecari­o será a partir de ahora más transparen­te

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