CC.OO. niega que el Supremo avale la subcontratación en caso de huelga
CC.OO. informó ayer de que en su opinión la sentencia del Tribunal Supremo que avala que ante una huelga convocada se pueda suplir la actividad con trabajadores subcontratados “no corrige su doctrina sobre el derecho de huelga”. En un comunicado, el sindicato sostiene que se puede “correr” el riesgo de exagerar los efectos de la citada sentencia y omitir las matizaciones que introduce el Supremo.
El Alto Tribunal ha avalado por primera vez que compañías clientes de una empresa en huelga, con la que no tienen vinculación más allá de la meramente
clientelar, puedan contratar con otras los trabajos que tenían suscritos con la empresa en huelga, según informaba ayer el diario
Expansión.
CC.OO. considera que la doctrina que se aplica es restrictiva y que no corrige la doctrina anterior, ya que “se constata que no concurren las circunstancias para aplicarla”. Asimismo, cree que tampoco admite que otras empresas, si están vinculadas con la que es objeto de huelga, puedan desviar la producción por cualquier vía.
El sindicato también ha destacado que la sentencia pone de relieve la “grave” deficiencia procesal de considerar abusivo el desvío de producción, pero no cuestiona la actividad de las empresas a las que se les atribuye, que “lesionan” la huelga y a las que no se demanda en el proceso.
En la sentencia de 16 de noviembre del 2016, sobre la empresa Altrad Radisola, el Supremo rechaza el criterio de la Audiencia Nacional de considerar que se ha lesionado el derecho de huelga, por el hecho de que la empresa comunicara a sus clientes la dificultad de atender los encargos de instalar andamios y dispositivos de seguridad, ante lo cual tales clientes utilizaron de forma puntual los servicios de otras empresas.