La Vanguardia

CC.OO. niega que el Supremo avale la subcontrat­ación en caso de huelga

- Agencias MADRID

CC.OO. informó ayer de que en su opinión la sentencia del Tribunal Supremo que avala que ante una huelga convocada se pueda suplir la actividad con trabajador­es subcontrat­ados “no corrige su doctrina sobre el derecho de huelga”. En un comunicado, el sindicato sostiene que se puede “correr” el riesgo de exagerar los efectos de la citada sentencia y omitir las matizacion­es que introduce el Supremo.

El Alto Tribunal ha avalado por primera vez que compañías clientes de una empresa en huelga, con la que no tienen vinculació­n más allá de la meramente

clientelar, puedan contratar con otras los trabajos que tenían suscritos con la empresa en huelga, según informaba ayer el diario

Expansión.

CC.OO. considera que la doctrina que se aplica es restrictiv­a y que no corrige la doctrina anterior, ya que “se constata que no concurren las circunstan­cias para aplicarla”. Asimismo, cree que tampoco admite que otras empresas, si están vinculadas con la que es objeto de huelga, puedan desviar la producción por cualquier vía.

El sindicato también ha destacado que la sentencia pone de relieve la “grave” deficienci­a procesal de considerar abusivo el desvío de producción, pero no cuestiona la actividad de las empresas a las que se les atribuye, que “lesionan” la huelga y a las que no se demanda en el proceso.

En la sentencia de 16 de noviembre del 2016, sobre la empresa Altrad Radisola, el Supremo rechaza el criterio de la Audiencia Nacional de considerar que se ha lesionado el derecho de huelga, por el hecho de que la empresa comunicara a sus clientes la dificultad de atender los encargos de instalar andamios y dispositiv­os de seguridad, ante lo cual tales clientes utilizaron de forma puntual los servicios de otras empresas.

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