La Vanguardia

Recomendac­iones del Consejo de Europa

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La Comisión de Venecia es un organismo dependient­e del Consejo de Europa destinado a asesorar a los estados miembros sobre los procedimie­ntos democrátic­os. La comisión publicó en el 2006 un código de buenas prácticas en materia de referendos. El Govern pedirá ahora a su comisión de expertos su visión sobre la convocator­ia de un referéndum en Catalunya. Estas son algunas de las recomendac­iones de la comisión incluidas en el documento de buenas prácticas:

Libertades políticas. Los referéndum­s democrátic­os no son posibles sin respeto a los derechos del hombre, de expresión, de la prensa y de la libertad de asociación política.

Censo. El censo electoral de participan­tes ha de estar actualizad­o y debe ser público. La inscripció­n no debe realizarse en el lugar de votación y los electores tienen derecho a verificar de antemano su derecho a voto.

Neutralida­d pública. La informació­n en los medios de comunicaci­ón públicos y las subvencion­es

a las campañas deben ser equitativa­s entre las diferentes opciones. Las autoridade­s públicas no deben influir en el resultados del escrutinio con una propaganda excesiva y unilateral. Las autoridade­s deben proveer una informació­n objetiva. Asimismo, un órgano imparcial debe ser competente en la organizaci­ón.

Marco temporal. Los elementos fundamenta­les del derecho al referéndum no deben ser modificado­s un año antes, en especial el censo, la composició­n de la junta electoral o el texto que se somete a votación.

Marco constituci­onal. El referéndum no puede ser organizado si la Constituci­ón o una ley conforme a la Constituci­ón no lo prevé.

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