El precedente del referéndum de Ibarretxe
La reforma del reglamento del Parlament impulsada por Junts pel Sí y la CUP trata de dar cobertura a la aprobación relámpago de las leyes que promueven los dos partidos independentistas. La utilización de la vía exprés impide que los grupos políticos de la oposición puedan presentar enmiendas y reduce al mínimo el debate de dos leyes –la del referéndum y la de transición– que son políticamente muy trascendentes. Existe un precedente sobre una votación de esa índole. El 27 de junio del 2008, el ejecutivo de Juan José Ibarretxe utilizó esta misma vía para aprobar la convocatoria de una consulta popular sobre la apertura de un proceso de negociación con ETA. La disposición del Parlamento vasco se amparó en uno de los artículos de su reglamento, el 119, que habilitaba la aprobación por la vía de urgencia en el pleno sin recabar el apoyo unánime de la Cámara. A diferencia de los catalanes, los nacionalistas vascos no alteraron previamente el reglamento. La utilización de esta vía exprés sirvió al Tribunal Constitucional para impugnar la decisión de la Cámara, donde los votos del PNV, de otros tres grupos políticos (EA, EB y Aralar) y de un diputado de PCTV-EHAK dieron luz verde a la consulta, que fue suspendida de modo fulminante. No se celebró. El Constitucional en su sentencia de octubre del 2008 consideró que la vía exprés “había limitado las posibilidades de participación de las minorías”.