Repensar el trabajo
La irrupción de nuevos negocios digitales de la denominada “economía colaborativa” está poniendo a prueba buena parte de la regulación existente en materia de derecho laboral y de la Seguridad Social. No es ninguna novedad y no nos tendría que sorprender. Las bases de nuestro ordenamiento legal en estas materias responden fundamental a la lógica de la sociedad industrial, de empresas que competían a escala nacional y del pacto social entre empresarios y trabajadores. Son instituciones, normas y reglas bien pensadas para el trabajador de la fábrica o la oficina, que a lo largo de su vida trabajará en la misma empresa, progresando en su seno. Tiempos de movilidad laboral escasa y enormes certezas sobre el futuro. Este es un modelo que hace tiempo que está en crisis; la flexiseguridad, inventada por los daneses, fue uno primera respuesta que sigue siendo válida, y que a nivel catalán y español todavía está por implementar. Se trataba de hacer flexible la regulación laboral, pero invertir fuerte en formación, recolocación laboral rápida, generosos seguros del paro de los trabajadores para garantizar la seguridad ante el riesgo de la pérdida del salario; y se hablaba de proteger más la capacidad de encontrar trabajo del empleado que de asegurar el puesto de trabajo concreto que se ocupaba. Un derecho del trabajo que protegiera a los trabajadores pero que también permitiera a la empresa competir.
Ahora, las revoluciones tecnológicas en marcha acaban de poner en evidencia la crisis del viejo sistema. Toca pues encarar con coraje la nueva realidad y encontrar las respuestas que la sociedad necesita, buscando aquel siempre difícil equilibrio entre eficiencia económica y justicia social.
Las respuestas de fondo del derecho del trabajo y la protección social, que no eran otros que garantizar salarios suficientes, garantizar condiciones dignas y seguras de trabajo y dar seguridad ante el riesgo de perder el salario (por razones de paro, enfermedad, accidente, discapacidad, maternidad y paternidad, vejez), continúan plenamente vigentes. Pero si el trabajo es más flexible y menos estable, menos previsible y más incierto, más irregular y menos dependiente... ¿tiene sentido que la protección social que se garantiza esté vinculada fundamentalmente a los esfuerzos contributivos vía cotizaciones en la Seguridad Social por parte de empresas y trabajadores mientras se trabaja? Probablemente no. ¿Tiene sentido que los sistemas de Seguridad Social distinguen entre trabajadores por cuenta propia y por cuenta ajena? Seguramente tampoco. Nos tocará romper esquemas. Macron, en Francia, apunta algunas ideas interesantes.
La irrupción de las denominadas plataformas digitales y el debate que ha abierto sobre las condiciones de trabajo de sus usuarios (¿son trabajadores por cuenta propio?, ¿por cuenta ajena?, ¿falsos autónomos?, ¿trabajadores autónomos económicamente dependientes o Trade?) es imprescindible de abordar. Y habrá que hacerlo de manera urgente. Hay que dar seguridad jurídica a los emprendedores pero también a los usuarios. El potencial de innovación, empleo y crecimiento económico de la economía digital es enorme. Pero necesitamos ir más allá. Y para ir más allá será imprescindible un nuevo pacto social que facilite y promueva la innovación y la libertad de emprender, redistribuya de manera justa las ganancias del dividendo digital y nos proteja a todos de los riesgos económicos asociados a la pérdida de los ingresos salariales. Tenemos trabajo.
Será imprescindible que la innovación y la libertad de emprender redistribuyan de manera justa las ganancias