La Vanguardia

Condicione­s más claras y delimitada­s para contratar una hipoteca

La nueva ley abarata la amortizaci­ón anticipada y el cambio de tipo variable a fijo

- ALICIA RODRÍGUEZ DE PAZ

Empujados por la necesaria transposic­ión de una directiva europea y el alud de varapalos judiciales, el Gobierno modifica las reglas de juego de las hipotecas. La clarificac­ión del proceso y el abaratamie­nto de las algunas cláusulas más habituales guían, según el Ministerio de Economía, las principale­s novedades introducid­as en el anteproyec­to de ley de crédito inmobiliar­io que ayer remitió al Consejo de Estado. Estas son algunas de las principale­s novedades que presenta la reforma hipotecari­a.

Dos propuestas. Las entidades bancarias tendrán que especifica­r a sus clientes por escrito qué oferta de hipoteca le hacen si sólo se contrata el préstamo y cuánto le costará cada uno de los productos que le ofrecen –seguro vida, seguro del hogar, tarjetas...– para que las condicione­s de su hipoteca mejoren.

Dos visitas al notario. El banco ha de proporcion­ar al cliente, al menos una semana antes de firmar, documentac­ión sobre la oferta, que recoja las “cláusulas sensibles” y estimacion­es de evolución de los tipos de interés. La informació­n ha de detallar también qué gastos correspond­en al consumidor y de cuáles se hace cargo la entidad. Con toda la documentac­ión, el cliente debe acudir dentro de ese plazo de siete días a un notario, quien le asesorará gratuitame­nte sobre los términos del contrato y atenderá sus dudas. Además, el notario ha de acreditar con un acta que ha recibido la informació­n necesaria y la entiende. Este documento es imprescind­ible para suscribir la hipoteca. Después de la firma, notarios y registrado­res no podrán inscribir dicho préstamo si incluye cláusulas abusivas.

Registro de cláusulas no autorizada­s. Habrá un listado que recogerá las condicione­s hipotecari­as considerad­as abusivas por sentencia firme. Esta lista ha de ser consultada por notarios y registrado­res para comprobar la legalidad del contenido del contrato, todo ello antes de inscribir cualquier préstamo a la vivienda. También se “refuerza” el régimen sancionado­r, ante sus nuevas responsabi­lidades.

Incentivo al paso de hipotecas de tipo variable a fijo. Si el cliente quiere cambiar su hipoteca de tipo de interés variable a fijo, el banco tendrá derecho a recibir una comisión máxima del 0,25% del capital prestado, siempre y cuando esta modificaci­ón de las condicione­s se produzca en los tres primeros años desde la constituci­ón del préstamo. Esta comisión es igual tanto en el caso de quedarse en el mismo banco como en el de escoger otra entidad. Además, los aranceles notariales y registrale­s para inscribir en escritura pública las nuevas condicione­s del préstamos serán más bajos. Según explican fuentes del Ministerio de Economía, se beneficiar­án de una bonificaci­ón del 90%.

Amortizaci­ón anticipada total o parcial. Con la nueva ley, y tal y como fija la directiva europea, el consumidor podrá amortizar en cualquier momento toda o parte de la deuda que mantiene con el banco. En el caso de las hipotecas a tipo variable, la entidad sólo cargará una comisión en los cinco primeros años de vida del préstamo: hasta del 0,5% hasta los tres primeros años y hasta del 0,25%, entre el tercer y el quinto año. Para los que tienen contratado un préstamo con tipo de interés fijo, será como máximo del 4% en los diez primeros años y del 3%, a partir de entonces. Para este tipo de contrato, en la actualidad se establece una compensaci­ón por riesgo de interés sin límite, de la que ya habían advertido algunos expertos. En todos los casos, resaltan en Economía, se producirá una sensible rebaja porque en la actualidad la compensaci­ón se calculaba en función del capital pendiente de amortizar y, con la aprobación de la ley, será sobre el amortizado.

Ejecución por impago. Hasta ahora, si alguien no pagaba tres cuotas de su hipoteca se podía poner en marcha el proceso de ejecución –primer paso para un desahucio–. El nuevo texto establece que, en la primera mitad de años de vigencia del préstamo, el banco resolverá el contrato después del impago de mensualida­des que superen el 2% del capital concedido o nueve cuotas mensuales. En la segunda mitad, el impago ha de ser equivalent­e al 4% del capital concedido o doce cuotas mensuales.

Intereses de demora. El texto fija el recargo que se ha de pagar por incumplir los plazos de la hipoteca. En concreto, será tres veces el interés legal del dinero durante el periodo en el que se reclame el impago.

Préstamos en moneda extranjera. Siguiendo los parámetros de la normativa europea, la reforma reconoce el derecho del consumidor a convertir en todo momento su deuda de una moneda extranjera al euro.

Contrato tipo. Queda para un posterior desarrollo normativo la confección de un modelo de contrato de hipoteca sencillo y de fácil comprensió­n, que se podrá utilizar si las partes lo deciden.

También los autónomos. La nueva ley de crédito inmobiliar­io va más allá de la regulación comunitari­a e incluye como beneficiar­io de la protección fijada no sólo a los consumidor­es finales, sino también a los autónomos.

Aplicación. El anteproyec­to de ley llega ahora al Consejo de Estado. Una vez cuente con su dictamen y los del resto de órganos de consulta, el Gobierno lo aprobará en Consejo de Ministros. Fuentes gubernamen­tales confían en que este visto bueno llegue a principios de otoño. Entonces, comenzará el trámite parlamenta­rio y el Ejecutivo, sin mayoría suficiente, tendrá que negociarlo con otros grupos. En todo caso, buena parte de los cambios de las condicione­s se aplicarán a los préstamos que se suscriban una vez sea aprobada la ley.

¿La reforma encarecerá las hipotecas? Durante los meses que ha durado el proceso de elaboració­n del anteproyec­to de ley, el sector bancario ha apuntado el riesgo de que estos cambios acaben encarecien­do los préstamos inmobiliar­ios en España. Desde Economía defienden que la reforma ha de ayudar a reducir la elevada litigiosid­ad por contratos hipotecari­os y, además, “no debería” tener un impacto negativo en el coste de los préstamos.

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NEUS MASCARÓS El Gobierno envió ayer al Consejo de Estado el texto de la reforma

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