Unas leyes sin soluciones
La actual normativa no favorece que los propietarios recuperen sus domicilios ‘okupados’
La ley no favorece que los propietarios recuperen sus viviendas en los casos de okupación que se están produciendo en estas últimas semanas. El Col·legi d’Advocats de Barcelona (ICAB) ha elaborado una modificación legal que prevé un mecanismo más rápido, y que ha sido adoptada por el PDECat con el respaldo del PP y Ciudadanos, y que puede ser aprobada en el Congreso antes de fin de año.
Como ocurre siempre, la ley va por detrás de la realidad social. La crisis económica provocó que mucha gente perdiera su vivienda, pero ahora ya se está produciendo una proliferación de pícaros y mafias en torno a los pisos vacíos. Incluso se está dando que gente que habitualmente usa una vivienda se encuentra, tras una ausencia vacacional o por otros motivos, que hay personas en su domicilio.
¿Qué se puede hacer entonces? Pues no es fácil. Isidor García, miembro de la Comissió Normativa del ICAB, cree que este es el resultado de “mirar para otro lado ante el problema de la okupación”.
El Código Penal se modificó en lo relativo al delito de usurpación, explica García, para paliar el problema, pero no dio resultado porque en muchos casos los okupas aludían al estado de necesidad y el asunto se acababa sobreseyendo. De manera que se tiene que recurrir a la legislación civil, y esta es lenta. El propietario deberá acreditar que la vivienda es suya y empezar un proceso farragoso.
Para paliar esta situación, la Comissió Normativa del ICAB propuso una modificación de la ley de Enjuiciamiento Civil, que contempla un procedimiento más ágil a fin de solventar la situación. Esta propuesta fue defendida en el Congreso por el PDECat y tiene el respaldo del PP y Ciudadanos.
En ella se prevé que el propietario acredite que la casa es suya en el juzgado, y que este emplace a los ocupantes a que se personen en la oficina, pero en cualquier caso se puede dictar un lanzamiento inmediato en el plazo de un mes, y luego que siga el proceso de acuerdo con la legislación vigente. Una de las modificaciones es que el propietario que pue-
da acreditar su posesión no tenga que depositar una fianza, como ocurre ahora.
Esto, por lo que se refiere, por ejemplo, a aquellas personas a las que se les ofrece una vivienda de forma fraudulenta, mediante un pago. Harina de otro costal es el problema recientemente aflorado, que es el de los narcopisos. Al respecto, Isidor García estima que se trata de un delito flagrante, y que entonces la policía no tiene necesidad de más datos para proceder.
Pero, de momento, quien padece un problema de okupación en su casa tiene que acudir en ocasiones a otro tipo de soluciones más o menos imaginativas, como hizo aquella vecina de la Barceloneta que, tal como relató La Vanguardia en su día, vio que su piso era alquilado a turistas y para recuperar su vivienda se vio obligada a alquilar su propio domicilio y hacerse con él de nuevo.