Sin límite de talla
La UE ha rechazado que los candidatos a policía deban tener una altura mínima.
Una ciudadana griega podrá ser policía sin dar la talla exigida. Así tendría que ser tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hecha pública ayer según la cual fijar una altura mínima para ingresar en el cuerpo de Policía, sin diferenciar en ese listón entre hombres y mujeres, puede resultar discriminatorio para estas últimas. A esta ciudadana griega le exigieron una altura de 1,70 metros, que no alcanza, la misma que se pedía en la época en la que optó a una plaza de policía a los aspirantes masculinos.
En el caso de Catalunya y España están fijadas, desde hace ya años, diferentes tallas para hombres y mujeres que aspiran a ser mossos, policías nacionales, guardias civiles o ertzainas. Y además esta altura se rebajó en el 2011 en la mayoría de esos cuerpos policiales de 1,70 m a 1,65 m (hombres) y de 1,65 m a 1,60 m (mujeres) en aras a favorecer la entrada de más candidatos.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea no fija límites a las normas sobre tallas mínimas vigentes en las convocatorias a plazas para ser policía (aunque sí las cuestiona), con lo que cabe presumir que este requisito seguirá muy presente en la primera fase de elección de candidatos. Pero ese fallo sí deja claro que fijar la misma altura para hombres y mujeres, como ocurre en el caso denunciado, provoca “una discriminación indirecta, dado que perjudica a un número muy superior de personas de sexo femenino que de sexo masculino”.
El fallo de Luxemburgo recoge, asimismo, que establecer una altura mínima para aspirar a una plaza en un cuerpo policial seguirá siendo legal cuando concurran, al menos, dos requisitos. El primero pasa porque “esa normativa quede justificada por un objetivo legítimo como es el de garantizar el carácter operativo y buen funcionamiento de los servicios policiales”. Y el segundo requisito debe de asegurar que “los medios para alcanzar es objetivo sean los adecuados y necesarios”.
Los magistrados de este alto tribunal consideran, en el apartado en el que se cuestiona la importancia de la altura para ser policia, que en algunos servicios ser bajo o alto, fuerte o delgado no tendría tanta importancia como la aptitud física o formación del agente. Como, por ejemplo, en servicios enfocados a la regulación del tráfico o en el auxilio a ciudadanos.
Así que los magistrados consideran que el requisito de una altura mínima para entrar en los cuerpos policiales –sin que pidan su retirada– no puede considerarse como una garantía de un buen funcionamiento de esos funcionarios públicos.
Los magistrados del Tribunal de Justicia de la Unión Europea aconsejan que una fórmula para garantizar el cumplimiento efectivo de la misión de la policía podría alcanzarse mediante medidas que no perjudicaran tanto a los candidatos y en especial a las mujeres, como una preselección encarada a verificar, por ejemplo, las cualidades físicas, más que la altura de cada uno de los aspirantes.
La sentencia de Luxemburgo llega diez años después de que la ciudadana griega Maria-Eleni Kalliri presentara la denuncia por negarle el ingreso en la escuela de policía de ese país. Y fue el propio Gobierno de Grecia el que elevó el caso al alto tribunal europeo para que lo resolviera. Aunque tarde, al final lo ha hecho.
Una ciudadana griega a la que se exigía medir lo mismo que un hombre, 1,70 m, gana el pleito