La Audiencia Nacional cita a declarar mañana a Puigdemont
Junto al president, todo el Govern cesado pasará ante el juez
Puigdemont, Forcadell y todos los exmiembros del Govern, así como los integrantes de la Mesa del Parlament que facilitaron la declaración unilateral de independencia (DUI) tendrán que comparecer ante el Supremo o ante la Audiencia Nacional, según los casos, entre mañana jueves y el viernes. Ambas instancias judiciales dieron ayer la máxima velocidad a las querellas presentadas por la Fiscalía por el supuesto delito de rebelión contra los mencionados ex altos cargos de la Generalitat.
El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, había pedido que se les citara con la máxima urgencia, y así ha sido. En el Supremo, un auto del presidente de la Sala Penal, Manuel Marchena, admitía por la mañana a trámite la primera querella, y poco después el magistrado Pablo Llarena, designado como instructor del caso, citaba a Carme Forcadell y a los aludidos componentes de la Mesa.
Unas horas después, ya por la tarde, la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela citaba a su vez a Puigdemont y a todos los exmiembros del Govern para que presten asimismo declaración como investigados entre mañana y pasado mañana.
¿Qué puede pasar si no acuden? La Fiscalía lo ha dicho con claridad. Desde el primer momento advirtió que, en caso de incomparecencia, solicitará la detención de los ausentes. La orden de detención, por tanto, no es automática. Primero, la tiene que pedir el fiscal. Pero si lo hace por incomparecencia, lo más probable es que la juez la acuerde. Si existe constancia de que el citado y no comparecido se halla en el extranjero, en concreto en un país comunitario, se extendería una orden europea de detención. Las autoridades belgas dejaron claro ayer que no desean verse involucradas en un incidente.
En el caso, en cambio, de que los citados comparezcan y declaren, con toda probabilidad el fiscal pedirá tras las declaraciones la adopción de medidas cautelares. Estas pueden ir desde la retirada del pasaporte a la prisión incondicional, o con fianza, como vía intermedia. Antes de acordar cualquiera de ellas, la magistrada celebraría una vistilla en la que escucharía las razones del fiscal y las alegaciones de las defensas.
La juez, en todo caso, ya anticipó ayer una cautelar consistente en exigir a los querellados del Govern la prestación de una fianza de 6.207.450 euros. Lo había pedido el fiscal, por posibles responsabilidades pecuniarias derivadas del presunto delito de malversación, por los gastos originados por la organización del 1-O.
El auto de Carmen Lamela estima que del relato del fiscal se desprende que los querellados “urdieron una estrategia” que lo sería de todo el “movimiento secesionista, perfectamente organizada, y con reparto de papeles entre las autoridades gubernamentales y asociaciones independentistas (ANC y Òmnium), que llevaron a la celebración del referéndum iledestacado
gal el día 1 de octubre y a la declaración de independencia” aprobada por la Cámara catalana el pasado día 27.
El auto por el que el Supremo admite a trámite la querella contra Forcadell y los parlamentarios plantea, a su vez, una hipótesis novedosa. Aparte de letra, esta resolución de la Sala Penal tiene una música especial. La letra es que asume investigar a la presidenta del Parlament y a los miembros de la Mesa que permitieron tramitar la declaración unilateral de independencia DUI). Pero la música está en que dicha resolución plantea posibilidades distintas a las de los fiscales. Por eso suena diferente. La Fiscalía hablaba en todo momento en su querella del delito de rebelión, o quizá, en la hipótesis
menos grave, de sedición.
El auto del Supremo, sin embargo, trae a colación otro posible escenario. Expone la idea de que quizá nos hallamos ante un delito de conspiración para la rebelión. Conspiración. Esa es la palabra clave. Es decir, hace referencia a la existencia de una acción que se inicia, de preparación del delito, que el derecho penal no estima impune, pero que no concluye ni alcanza el resultado deseado.
El matiz es importante. Se ha
con razón que la pena por el delito de rebelión puede llegar a los 30 años de prisión, en los casos más graves.
El propio Puigdemont se refería ayer en Bruselas a este extremo, interpretando que tal acusación demuestra la agresividad del Estado en este asunto. Pero la conspiración para la rebelión supone penas inferiores en uno o dos grados. Si es en uno, hasta 12 años y 6 meses. Si en dos, hasta 6 años. Ya se ve que la cosa cambia.
En todo caso, estamos lejos de una fase de conclusiones en un proceso que acaba de empezar. Lo que hasta ahora ha hecho el Supremo con su actuación de ayer es recibir y asumir la querella del fiscal, y enfriar las hipótesis, a la vez que acelera las citaciones.
LA ADVERTENCIA
La Fiscalía ya dijo con claridad que en caso de incomparecencia pedirá la detención
LA TESIS NOVEDOSA
El TS alude a que el delito puede ser de conspiración, con una pena de seis años