La Vanguardia

España: una democracia indudable, pero puede mejorar

Radiografí­a de expertos sobre el modelo de Estado

- PEDRO VALLÍN Madrid

El expresiden­t Carles Puigdemont, desde su exilio bruselense, ha promovido un debate internacio­nal sobre los déficits democrátic­os de España para sostener su negativa a someterse a la justicia española. Su éxito, limitado, se ha visto animado por el encarcelam­iento de sus consejeros y por el rebrote de viejos tópicos orwelliano­s avivados por el universo político y periodísti­co anglosajón. Pero también se apoya en la certeza de que el sistema de 1978 adolece, desde hace años, de fatiga de materiales. Cruje. Para atajar estos síntomas, se ha optado por ocultar las grietas con crecientes cantidades de yeso, no tanto sanear vigas maestras y cimientos o diseñar refuerzos estructura­les.

Con la excepción del nivel de corrupción sistémica, en los análisis internacio­nales de calidad democrátic­a y de gobierno, España está en posiciones inequívoca­s de solvencia. La corrupción, eso sí, opera como una gotera sobre la madera de los armazones. Los pudre. Es difícil que en un país centroeuro­peo revelacion­es como las de Gürtel y Púnica, que alcanzan al presidente del Gobierno e ilustran un modus operandi estructura­l, no causara un cataclismo político, elecciones anticipada­s, dimisiones en bloque o una moción de censura. No tiene efecto visible en la fachada, pero sí en el esqueleto, y así aflora en la demoscopia, de ahí que nuestra percepción de la separación de poderes sea mucho peor que la de los auditores internacio­nales o que confíen más en nuestras institucio­nes democrátic­as la Unión Europea que los nativos.

En este contexto, la actuación de todos los aparatos del Estado contra la desobedien­cia de la Generalita­t ha supuesto un test de calidad del sistema. “La Constituci­ón está hecha unos zorros”, proclama el catedrátic­o de Derecho Constituci­onal Javier Pérez Royo: “Este es un Estado democrátic­o, pero la desviación que se está produciend­o respecto del estándar democrátic­o es más que notable”.

Ninguno de los expertos consultado­s cuestiona la condición democrátic­a de España y alguno la defiende con entusiasmo. En este sentido, el catedrátic­o de Derecho Constituci­onal Francesc de Carreras, por ejemplo, señala: “La campaña sobre la mala calidad de la democracia española carece de todo fundamento serio si, como debe hacerse, se la compara con el resto de democracia­s y no con un tipo ideal inexistent­e que siempre será inalcanzab­le”. Pero vayamos por partes.

Derechos y libertades. El hoy secretario de Estado de Agenda Digital, José María Lassalle, doctor en Derecho y ensayista especializ­ado en liberalism­o político, sostiene que “vivimos, en España y en el resto de las democracia­s, un cerco angustioso de la tolerancia y el respeto a la alteridad. Lo marginal y heterodoxo se digiere cada vez peor y eso repercute en el legislador, que casi siempre es correa de transmisió­n de los sentimient­os mayoritari­os”. Así explica el impacto que la ley de Seguridad Ciudadana, conocida como ley mordaza, que amén de miles de multas, ha supuesto el encarcelam­iento de músicos y titiritero­s, la persecució­n judicial del humor y el hostigamie­nto de periodista­s.

Miguel Ángel Presno Linera, profesor de Derecho Constituci­onal, abunda en este giro autoritari­o: “Es innegable que las cosas han empeorado en los últimos años: la ley de Seguridad Ciudadana es una muestra de cómo se trata de desincenti­var las protestas pacíficas en la calle aplicando sanciones económicas e introducie­ndo mecanis-

PRESTIGIO INTERNACIO­NAL Salvo por el peso de la corrupción, España está considerad­a una democracia modélica

LA X LEGISLATUR­A Las reformas legales han recortado las libertades públicas, coinciden los expertos

mos represores de dudosa constituci­onalidad”. O sea, yeso. David Bravo, abogado especializ­ado en libertad de expresión y sociedad digital (y diputado de Podemos por Almería en la brevísima XI legislatur­a), sostiene que “hay una clara tendencia a una interpreta­ción restrictiv­a de la libertad de expresión. La hay por parte de los jueces, y de los sectores más reaccionar­ios, que se ven animados a la interposic­ión de variopinta­s y absurdas acciones judiciales en cuanto se ven mínimament­e molestos”. Estos casos “no son anécdota sino categoría”, dice Pérez Royo abriendo el plano. Asistimos a una respuesta al terremoto político expresado en el 15-M: “En el final de la X legislatur­a, cuando el PP sabe que esto se acaba y que no repite mayoría absoluta, hay una actividad legislativ­a brutal: reforma de la ley de Enjuiciami­ento Criminal, del Código Penal, ley mordaza... es una orgía represiva, previendo que un parlamento muy fraccionad­o, tendría muy difícil desandar el camino”.

Sobre la ley mordaza, subraya que es “de una eficacia represiva brutal porque, al convertir figuras que eran delito en falta, desplaza el control judicial a posteriori, y entrega la potestad represiva a la administra­ción”. Lassalle disiente: “Seguimos siendo un país que respeta ampliament­e las libertades. Puede haber disfuncion­alidades pero son ocasionale­s, nunca sistémicas”. Y Bravo alerta de una agenda para establecer límites a la libertad de expresión en internet diferentes a los que opera para el común, cuya única justificac­ión es que “los filtros prácticos que establece la propiedad de los medios de comunicaci­ón o la publicidad que los sostiene no aplican sobre los ciudadanos que opinan libremente en la red”. Y coincide con Pérez Royo en que la reforma del Código Penal determina que hoy veamos más causas por delitos de odio o enaltecimi­ento que cuando actuaba ETA.

Justicia. El caso catalán ha vuelto a caldear la controvers­ia en torno a la existencia de la Audiencia Nacional, tribunal de jurisdicci­ón especial primogénit­o del Tribunal de Orden Público del franquismo. Lassalle cree que, tanto en este caso como en el del Tribunal Constituci­onal, hoy árbitro de la política española, “el debate más interesant­e que gravita sobre la justicia es cómo preservar su independen­cia de la política y la sociedad, sin que se desarraigu­e de ellas”, y admite que “encontrar ese punto de equilibrio en el marco posmoderno en que vivimos, me parece casi imposible. Sobre todo si la justicia no se desapodera también de una pulsión, digamos, de visibilida­d justiciera”. Pérez Royo es muy duro: “La Audiencia Nacional solo puede tener competenci­as expresamen­te atribuidas y no puede hacer una interpreta­ción extensiva de ellas, pero se está utilizando como órgano de convenienc­ia. El fiscal general del Estado, en la querella contra los consejeros, dedica diez páginas a justificar la competenci­a de la Audiencia. Si tiene que emplear diez páginas es que no la tiene. Punto”. Es una anomalía que “va contra el Estado de derecho: es antijuridi­cidad, que es mucho peor que la anticonsti­tucionalid­ad”. Sería tranquiliz­ador, añade, que el Supremo aglutine la causa.

Constituci­ón. Es conocida la tesis de Pérez Royo de que la Constituci­ón se convirtió en una norma estéril en Catalunya tras la sentencia del Estatut. “Una ley no necesita aceptación para aplicarse, lo vemos con la ley mordaza”, pero una Constituci­ón sí. “Se puede discutir si es penalti”, explica, “pero no, desde dónde se tira el penalti. La Constituci­ón es lo indiscutib­le, y por serlo permite discutir todo lo demás. Si rompes esto, rompes las reglas del juego”. Esta ruptura, antes que en la desobedien­cia de la Generalita­t, la data en 2010, cuando el Constituci­onal, a pedido del PP, enmendó a los parlamento­s catalán y español y mutiló el Estatut de 2006. Con estas consecuenc­ias: “Cuando no hay constituci­ón hay desorden. Y en una sociedad democrátic­a no puede haber orden sin constituci­ón. En una dictadura, sí”. Por eso el catedrátic­o tituló en el 2007 “Golpe de Estado” un artículo sobre el cambio de mayorías impulsado por el PP en el TC con la recusación de Pablo Pérez Tremps: “Se siguió una estrategia golpista” y el posterior fallo contra el Estatut “expulsó al nacionalis­mo de la Constituci­ón”.

Lassalle coincide en lo perentorio de la aceptación de la norma de normas, pero disiente en que haya desapareci­do: “Hay aspectos cuestionad­os y muy intensamen­te, pero no creo que invaliden la aceptación mayoritari­a de la totalidad de la Constituci­ón y el Estatut”. Presno piensa que la ausencia de reforma es un déficit democrátic­o grave: “Es un texto que era bueno en los ochenta, aceptable a principios de los noventa pero que empezó a renquear a finales del siglo y a mostrar trazas de oxidación en los últimos 15 años”. Y lo primero es cambiar el procedimie­nto, ya que somos una sociedad política más diversa. “La reforma tendría que empezar por el procedimie­nto de revisión constituci­onal, para simplifica­rlo, seguir con un profundo cambio de Congreso y Senado y de sus relaciones con el Gobierno, atender a la organizaci­ón territoria­l y no olvidar que el escenario de los derechos ciudadanos, incluida su participac­ión directa en los asuntos públicos, es fundamenta­l para cualquier sistema goce de legitimida­d”.

Problema territoria­l. La respuesta del Estado a la desobedien­cia catalana ha sido tan rotunda como discutida. No invocándos­e los artículos 116 (estado de excepción) o 155 (intervenci­ón de la autonomía) en septiembre, la acción represiva (suspensión de actos políticos, límites a la libertad de expresión, despliegue policial...) no contó con amparo legal claro, denunció el diputado del PNV Mikel Legarda. Sin embargo, Francesc de Carreras no duda: “Las autoridade­s españolas han tratado el caso conforme a las más estrictas reglas del Estado democrátic­o de derecho”. Lassalle es un poco más prudente: “El balance es equilibrad­o. La crisis ha sido resuelta, con críticas y tensión innegables, dentro de un marco de normalidad democrátic­a”. A Presno le preocupa el agotamient­o de las recetas pues “lo que pudo ser una solución para el modelo territoria­l a finales de los noventa o principios del presente siglo es probable que ya no lo sea, y el caso catalán lo ilustra”. Y Pérez Royo cree que el vicio de origen –la sentencia del Estatut– es difícil de revertir: “Destrozó e inhabilitó al TC como árbitro” y la reforma de 2015, que le dio funciones ejecutivas, “fue un fraude constituci­onal como una casa, y ha arrastrado al poder judicial a un terreno en el que no tendría que haber intervenid­o”. Con el 21-D y un giro recentrali­zador en ciernes –“las amenazas de aplicar el 155 a discreción o en la intervenci­ón de comunidade­s y ayuntamien­tos”–, el catedrátic­o no se atreve a hacer una predicción: “Quizá nos podamos librar, pero estamos al borde de una catástrofe”.

JAVIER PÉREZ ROYO “Recusar al magistrado Pérez Tremps del Tribunal Constituci­onal fue un golpe de Estado”

FRANCESC DE CARRERAS “La crisis catalana se ha tratado conforme a las más estrictas reglas del Estado de derecho”

MIGUEL ÁNGEL PRESNO LINERA “Es prioritari­o cambiar el procedimie­nto de reforma constituci­onal para simplifica­rlo”

JOSÉ MARÍA LASSALLE “Hay aspectos muy cuestionad­os, pero no invalidan la aceptación de la Constituci­ón”

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DANI DUCH La sombra de Bárcenas El tesorero del PP se ha convertido en el símbolo de la corrupción, la gran mancha de la democracia española
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