La Vanguardia

¿Qué ventajas fiscales tiene hacerse un plan de pensiones?

Una jubilación alternativ­a no aporta únicamente garantías para un futuro tranquilo. También permite disponer de una serie de deduccione­s fiscales desde el momento en que se contrata.

- IVÁN GIMÉNEZ CHUECA

Contratar un plan de pensiones comporta ventajas en las obligacion­es con Hacienda. De hecho, y en lo relativo a beneficios fiscales, esta opción está muy por encima de otros productos de ahorro que ofrecen las entidades financiera­s.

Al hablar de planes de ahorro privados, todo el mundo tiene presente completar la jubilación que se recibirá a través de la Seguridad Social. Pero también hay que tener en cuenta que la Agencia Tributaria aplica una serie de ventajas para aquellas personas que hayan contratado planes de pensiones privados y los planes de previsión asegurados (PPA). El beneficio más destacado es la reducción directa de la base imponible en la declaració­n de la renta y su seguridad.

Conviene remarcar que estas ventajas se aplican en el mismo momento en que se contrata el plan de pensiones o PPA. Esto no ocurre en otros casos. Por ejemplo, Los planes de pensiones privados aportan más ventajas fiscales que otros productos de ahorro los seguros de rentas vitalicias solo aplican sus deduccione­s con el fisco cuando se cobra la prestación.

Por lo tanto, y entrando en detalle, una persona que contrate un plan de pensiones verá que las aportacion­es que haga al mismo son deducibles en la base imponible del IRPF, con el límite de 8.000 euros anuales o del 30% de los rendimient­os del trabajo y actividade­s económicas. Se aplicará siempre el índice más bajo de los dos, y si hay aportacion­es al plan del cónyuge se pueden añadir 2.500 euros de reducción en el IRPF, siempre que la pareja no cuente con unos rendimient­os de más de 8.000 euros anuales.

También hay que tener en cuenta que la Agencia Tributaria computará dentro de estos parámetros las aportacion­es que haga una empresa a un plan de pensiones corporativ­o, así como a otros productos de ahorro, como el plan de previsión social empresaria­l.

Una buena forma de comprender mejor todas estas ventajas fiscales es con ejemplos. Si una persona tiene una base liquidable (resultado de restar al sueldo bruto las aportacion­es a la Seguridad Social) de 130.000 euros y ha realizado aportacion­es por valor de 5.000 euros, la base liquidable con Hacienda se quedaría en 125.000 euros. Además, al aplicar el mismo tipo marginal también se produciría el ahorro.

Un último punto que debe tenerse en cuenta es que a la hora de calcular la deducción del IRPF no es igual en todo el territorio español, ya que hay que considerar el tramo autonómico de este impuesto.

DETALLES TRIBUTARIO­S Teniendo en cuenta el límite de 8.000 euros deducibles en la base imponible del IRPF, a partir de aquí, una persona tiene la libertad para elegir sus aportacion­es, ya sean mensuales o anuales, para disfrutar de estas ventajas fiscales.

Una de las preocupaci­ones habituales a la hora de contratar un plan de pensiones es cuando se puede recuperar el dinero aportado en caso de necesitarl­o. Con la última reforma fiscal del Gobierno en 2015, las contribuci­ones realizadas a partir del 1 de enero de ese año se pueden recuperar una vez tengan diez años de antigüedad. Además, con la reforma de los planes de pensiones que prepara el Ministerio de Economía para mediados de 2018, el fondo de pensiones podrá rescatarse sin una situación excepciona­l (como paro o enfermedad) grave, tal como sucedía ahora.

Si se rescatan estas cantidades, no hay que perder de vista que tributarán en el IRPF de la persona como rendimient­os del trabajo, integrándo­se en la base general. El gravamen dependerá de los tipos de este impuesto y, según el tramo, se situarán entre el 19 y el 45%.

Con el régimen fiscal anterior, el abanico impositivo era entre el 24,75 y el 52%. Así, desde 2015, La edad habitual con la que se contrata un plan de pensiones en España suele estar entre los 40 y los 50 años hay que pagar menos a Hacienda por recuperar las aportacion­es realizadas.

Con todo, el sector financiero que trabaja con planes de pensiones en España lleva años reclamando que la tributació­n por rescatar los planes de jubilación se contemple como rendimient­os del capital y no del trabajo.

CUÁNDO EMPEZAR Otro de los puntos clave es saber cuándo contratar un plan de pensiones y empezar a disponer de estos beneficios fiscales. Los expertos recomienda­n que cuanto antes se haga, mejor. La diferencia entre comenzar cuando la jubilación ya es inminente (por ejemplo, a los 60 años) o antes es más que notable. Una edad adecuada sería comenzar hacia los 35 años, y así lograr la mayor rentabilid­ad posible. Empezar pronto también minimiza el esfuerzo ahorrador. Pero lo habitual en España es optar por estos productos financiero­s entre los 40 y los 50.

Un ejemplo de lo comentado: si se empieza a ahorrar con 45 años, se tendrá que aportar anualmente el doble que si se comienza a los 30 para constituir el mismo capital en la jubilación (67 años). Este cálculo se realiza suponiendo que el plan otorga una rentabilid­ad del 2,7%.

Pese a todo, la conciencia de la necesidad de un plan de pensiones va calando entre los más jóvenes. Según el estudio Los millenials y el seguro en España, de la Fundación Mapfre, solo un 14,8% de las personas entre 18 y 33 años declara que confía solo en la pensión de la Seguridad Social. Aunque el mismo informe pone de manifiesto que solo un 20% de los menores de 35 años ha contratado algún seguro o plan de jubilación.

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La edad que recomienda­n los expertos para empezar a hacerse un plan de pensiones para lograr la máxima rentabilid­ad es a los 35 años.

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