Presuntos delitos de odio en Catalunya
MÁS de 150 denuncias por el presunto delito de discriminación y odio previsto en el artículo 510 del Código Penal se han presentado en Catalunya desde la jornada del referéndum del 1 de octubre, en la que se registraron cargas policiales que ocasionaron cerca de 900 heridos. Hasta ahora estafiguradelCódigoPenalseutilizabaanteimputaciones por odio contra actitudes y comportamientos neonazis, antifascistas violentos o contra agresiones a colectivos vulnerables por razón de ideología, raza u orientación sexual. Pero ahora la mayoría de estas denuncias se han dirigido contra personas que, de una u otra forma, bien sea a través de las redes sociales o bien personalmente, han violentado, insultado, criticado o interpelado a agentes del cuerpo de la Policía Nacional o a sus hijos en los colegios.
En medios judiciales se ha abierto un debate sobre si la mayoría de los hechos denunciados se ajustan al delito de odio, ya que en principio la finalidad del citado artículo del Código Penal es proteger a colectivos vulnerables, entre los que no se encuentra la policía, o si bien habría que recurrir a otros supuestos delictivos. Lo que mayoritariamente ha habido ha sido una protesta social por el dolor y la indignación ante una criticable actuación policial que erróneamente algunos ciudadanos han personalizado en agentes, en lugar de articularse legal y políticamente contra los responsables políticos que dieron las órdenes de actuación.
La Fiscalía, en muchas de las demandas presentadas, argumenta que lo que se persigue es a ciudadanos por haber cometido presuntos delitos de discriminación y odio por nación, en los que se ha escogido a las víctimas porque son españolas. Es la primera vez que dicha figura delictiva se utiliza en Catalunya, desde la Fiscalía, para perseguir la discriminación por origen territorial y por el odio a lo español. Sin embargo, todavía no hay ninguna sentencia al respecto y habrá que esperar a que los jueces se pronuncien para dilucidar si dichas denuncias por odio tienen razón de ser. Los juristas no son unánimes en sus opiniones.
Al margen de la polémica actuación de las fuerzas del orden el 1 de octubre, lo evidente es que nadie en Catalunya debe ser objeto de discriminación y de odio por ser español, ni en el resto del Estado por ser catalán. Y si realmente eso sucede, ha de ser castigado por la justicia, en lo que debería ser un intento para evitar la proliferación de dichos delitos. Pero habrá que trabajar también con llamamientos al diálogo y el entendimiento, para restaurar el clima de paz social y de armonía entre los ciudadanos. No ayuda a ello, sin embargo, que el Ministerio del Interior tenga en su página web un apartado especial para las denuncias de presuntos delitos de odio en Catalunya, por lo que eso supone de ofensivo y discriminatorio.