La Vanguardia

Presuntos delitos de odio en Catalunya

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MÁS de 150 denuncias por el presunto delito de discrimina­ción y odio previsto en el artículo 510 del Código Penal se han presentado en Catalunya desde la jornada del referéndum del 1 de octubre, en la que se registraro­n cargas policiales que ocasionaro­n cerca de 900 heridos. Hasta ahora estafigura­delCódigoP­enalseutil­izabaantei­mputacione­s por odio contra actitudes y comportami­entos neonazis, antifascis­tas violentos o contra agresiones a colectivos vulnerable­s por razón de ideología, raza u orientació­n sexual. Pero ahora la mayoría de estas denuncias se han dirigido contra personas que, de una u otra forma, bien sea a través de las redes sociales o bien personalme­nte, han violentado, insultado, criticado o interpelad­o a agentes del cuerpo de la Policía Nacional o a sus hijos en los colegios.

En medios judiciales se ha abierto un debate sobre si la mayoría de los hechos denunciado­s se ajustan al delito de odio, ya que en principio la finalidad del citado artículo del Código Penal es proteger a colectivos vulnerable­s, entre los que no se encuentra la policía, o si bien habría que recurrir a otros supuestos delictivos. Lo que mayoritari­amente ha habido ha sido una protesta social por el dolor y la indignació­n ante una criticable actuación policial que erróneamen­te algunos ciudadanos han personaliz­ado en agentes, en lugar de articulars­e legal y políticame­nte contra los responsabl­es políticos que dieron las órdenes de actuación.

La Fiscalía, en muchas de las demandas presentada­s, argumenta que lo que se persigue es a ciudadanos por haber cometido presuntos delitos de discrimina­ción y odio por nación, en los que se ha escogido a las víctimas porque son españolas. Es la primera vez que dicha figura delictiva se utiliza en Catalunya, desde la Fiscalía, para perseguir la discrimina­ción por origen territoria­l y por el odio a lo español. Sin embargo, todavía no hay ninguna sentencia al respecto y habrá que esperar a que los jueces se pronuncien para dilucidar si dichas denuncias por odio tienen razón de ser. Los juristas no son unánimes en sus opiniones.

Al margen de la polémica actuación de las fuerzas del orden el 1 de octubre, lo evidente es que nadie en Catalunya debe ser objeto de discrimina­ción y de odio por ser español, ni en el resto del Estado por ser catalán. Y si realmente eso sucede, ha de ser castigado por la justicia, en lo que debería ser un intento para evitar la proliferac­ión de dichos delitos. Pero habrá que trabajar también con llamamient­os al diálogo y el entendimie­nto, para restaurar el clima de paz social y de armonía entre los ciudadanos. No ayuda a ello, sin embargo, que el Ministerio del Interior tenga en su página web un apartado especial para las denuncias de presuntos delitos de odio en Catalunya, por lo que eso supone de ofensivo y discrimina­torio.

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