Absuelto el subinspector de la Urbana por la pornovenganza
La sentencia señala que no se puede acreditar que el envío de la fotografía sexual de Rosa Peral fuera obra del acusado
El juzgado de lo penal 17 de Barcelona ha absuelto al subinspector , Oscar S., acusado del caso de la pornovenganza en la Guardia Urbana, para quien la fiscalía pedía 3 años de prisión. Una agente del mismo cuerpo policial, Rosa Peral, le denunció por haber enviado una fotografía sexual –en la que aparece ella practicándole una felación– como represalia por romper con él. El mensaje fue enviado desde la cuenta de correo electrónico de la mujer a la que el hombre logró acceder, según la versión de ella, después de que le confiara su contraseña. Los hechos se remontan al año 2008, la denuncia fue presentada en 2009 y ayer se notificó la sentencia, en la que se absuelve al subinspector por falta de pruebas.
Los cambios continuos de abogado que realizó la mujer afectaron de lleno la instrucción, que al final no ha podido hallar el ordenador desde el que se mandó la foto, ni determinar si el pene erecto que aparece en la imagen se corresponde con el del acusado ni si la voz que se admite la culpa en una grabación de audio es la del subinspector.
Por todo ello, la sentencia señala que no se puede acreditar que el responsable de la difusión sea el acusado. La resolución se sustenta en un hecho clave: la poca credibilidad que suscita la afectada, Rosa Peral. La mujer se encuentra en la actualidad en prisión provisional por su implicación en el asesinato de su novio, Pedro Rodríguez – también agente de la policía local de Barcelona– cuyo cadáver fue hallado calcinado en el maletero de un coche en las inmediaciones del pantano de Foix. Por este caso hay otro agente de la Guardia Urbana, Albert López, preso. Además, la credibilidad de Rosa se encuentra aún más lastrada después de que se le haya imputado un nuevo delito por planear supuestamente desde prisión el asesinato de su exmarido mediante la contratación de sicarios.
Con estas graves acusaciones a sus espaldas la juez no ha dado verosimilitud al testimonio de Rosa. Y más cuando ha considerado que en toda la causa la “única prueba que existía era el testimonio de Rosa”. Es decir, al final el juicio se ha visto reducido a su palabra contra la del acusado y el testimonio de la mujer “no reúne los presupuestos necesarios para desvirtuar el principio de presunción de inocencia”.
La prueba esencial del juicio ha sido descartada por la juez. En el caso se aportó una conversación telefónica grabada por la mujer en la que el acusado reconocía que mandó la fotografía “porque estaba encabronado” tras la ruptura. Durante la instrucción no se hizo ninguna prueba pericial que corroborase que la voz que se oía en la grabación se correspondía con la del acusado. Faltan pruebas, como concluye la sentencia. Por eso, la juez afirma que “no se acreditó que la voz masculina que consta en la grabación se correspondiere, sin ningún género de dudas, con la del acusado”. La investigación tampoco pudo arrojar luz sobre el ordenador desde el que fue enviada la fotografía. El único dato que constaba era que la dirección IP desde donde se produjo el envío pertenecía “a un correo corporativo de la Generalitat”. Tampoco era una prueba suficiente.
El miembro viril que aparecía en la fotografía no se puede acreditar que fuera el del acusado. Este, durante su declaración en el juicio afirmó: “ese pene no es el mío”. En cambio, la mujer reveló que el miembro tenía una marca. Nadie lo comprobó. Su palabra contra la del acusado. Por último, la mujer denunció que la fotografía fue enviada desde su cuenta de correo porque ella le confió la contraseña, otro extremo que, según la juez, tampoco ha podido probarse.
El caso de la pornovenganza originó un fuerte seísmo en la Guardia Urbana. Pocos días antes del juicio, la mujer relató en una entrevista en La Vanguardia que su progresión interna como policía se vio truncada después de la difusión de la fotografía mientras que el supuesto autor siguió ascendiendo, pasando de cabo a sargento y luego a subinspector. Como consecuencia de aquella denuncia, Oscar S. fue apartado de forma cautelar durante dos años del servicio ordinario y se le requisó el arma reglamentaria. Trascurrida la suspensión, aprobó las oposiciones y ascendió. Con la sentencia a su favor el expediente que asuntos internos mantiene abierto contra él va camino de cerrarse.
La juez subraya que la única prueba acusatoria es el testimonio de la mujer y carece de verosimilitud