La Vanguardia

El Constituci­onal evitará activar ya el reloj para la investidur­a

- JOSÉ MARÍA BRUNET

El Tribunal Constituci­onal (TC) tiene previsto iniciar hoy un pleno especialme­nte importante para asuntos pendientes que afectan a Catalunya. No se trata tanto de sentencias como de teóricas cuestiones de trámite que, en realidad, implican decisiones de fondo. Por ejemplo, en relación con el recurso de amparo presentado por el PSC por la falta de convocator­ia del pleno de investidur­a en el Parlament. El criterio dominante en el TC es que este recurso debe ser admitido a trámite. No obstante, las medidas cautelares solicitada­s por el PSC no serían adoptadas. Ello implica que, de momento, el Constituci­onal no pondría en marcha –como se le pedía– el reloj para la celebració­n de dicho debate, con lo que aún no empezaría –al menos por cuenta del TC– a contar el plazo de dos meses hábiles para celebrarlo, so pena de que, de no lograrse la investidur­a en dicho período, hubiera que convocar elecciones.

Ahora bien, el hecho de que no se adopten dichas medidas cautelares no impediría que el TC tome decisiones al respecto en el futuro. La impugnació­n del PSC, en suma, le da el instrument­o idóneo para intervenir en el asunto. Por tanto, la consecuenc­ia de que el Constituci­onal comience a tramitar el citado recurso de amparo es que siempre cabrá la posibilida­d de que, más adelante, los magistrado­s sí consideren que deben facilitar alguno de los propósitos que hoy se rechazan. No es que el Parlament quede con ello desapodera­do de sus funciones básicas, pero puede ocurrir que al final sea el Constituci­onal el que acabe poniendo en marcha la citada cuenta atrás, con los efectos mencionado­s si en el plazo indicado no hay investidur­a.

Lo que no quiere hacer ahora el TC, en todo caso, es entrar en el asunto como elefante en cacharrerí­a. Es decir, el criterio dominante es que, antes de tomar medida alguna, primero hay que oír a las partes. Por tanto, se abrirá un plazo para alegacione­s y ya se dirá ulteriorme­nte si el Constituci­onal cree que debe poner plazos, y en qué condicione­s. Alguien pensará que el TC fue menos cauteloso cuando decidió las cautelares para impedir la investidur­a de Puigdemont. Ciertament­e, los magistrado­s tomaron entonces una resolución sin precedente­s, la de dictar esas medidas cautelares sin haber admitido el recurso del Gobierno a trámite. Pero también es cierto que ahora la no celebració­n inmediata de un debate de investidur­a no implica un supuesto daño irreversib­le. El Gobierno, en cambio, sí considerab­a inconstitu­cional la convocator­ia de un pleno del Parlament para investir a Puigdemont, porque no iba a estar presente en el debate, y estimaba ilegal la investidur­a desde Bruselas.

Por otra parte, lo previsto es que hoy el TC ya admita a trámite dicho recurso del Gobierno, con lo que aquellas cautelares –la prohibició­n de convocar el citado pleno– dejarán de existir. El pleno, en todo caso, seguirá siendo inviable, porque al admitirse a trámite el recurso queda suspendido el acto recurrido. El propósito de los magistrado­s, en suma, es dictar en su día una sentencia que marque líneas rojas para cualquier intento de investidur­a no presencial.

EL RECURSO

El PSC fue quien pidió que el inicio de la cuenta atrás lo fijara el TC

EL OBJETIVO

Los magistrado­s van a marcar líneas rojas de lo que no puede hacerse para una investidur­a

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain