La Vanguardia

Autonomía y tratamient­o

- Núria Terribas N. TERRIBAS, directora de la cátedra de Bioética Fundació Grifols. Vicepresid­enta del Comitè de Bioètica de Catalunya

El hospital del Mar ha puesto en marcha el primer protocolo en el Estado español que permite realizar trasplante­s renales sin transfusió­n de sangre a testigos de Jehová. Es de elogiar el hecho de que este hospital haya considerad­o importante dotarse del utillaje y la infraestru­ctura adecuados para poder practicar la cirugía de transplant­e sin uso de sangre, o aprovechan­do la sangre del mismo paciente en quirófano. Desgraciad­amente no es la realidad de la mayoría de hospitales en nuestro país, circunstan­cia que discrimina a estos pacientes ya que a menudo son descartado­s del circuito dado que si no aceptan la transfusió­n, en caso de ser necesaria, no se los admite en el programa quirúrgico.

No obstante, me ha llamado la atención no tanto el hecho de que el protocolo consista en la preparació­n de los pacientes con pautas de buena práctica clínica necesarias para la eficacia de la cirugía, sino que pretenda contar con el “personal sanitario que acepte tratar a los pacientes descartand­o el uso de transfusió­n” y que se haga explícito que “se adquiere el compromiso de respetar las creencias y valores de este colectivo y no realizar ninguna transfusió­n de sangre durante el proceso de trasplante”. Parece que partimos de la base de que los profesiona­les no aceptan que el paciente pueda rechazar un tratamient­o como una transfusió­n de sangre, y menos por razones de creencias, teniendo que hacer una manifestac­ión explícita de que el centro ha tomado la opción de respetar determinad­as creencias y que cuenta con profesiona­les dispuestos a hacerlo.

Parecería que después de más de 17 años de vigencia de la ley de Derechos del Paciente en Catalunya –donde se explicita claramente el deber ético y legal de respetar la decisión de la persona cuando esta es libre, informada y expresada en plena competenci­a o anticipada­mente–, el respeto al rechazo de la transfusió­n y a la razón que lo fundamenta tendría que ser indiscutib­le y practicado de manera habitual, siempre que la persona, mayor de edad y plenamente competente, acepte las consecuenc­ias. El tema de los menores o personas que no pueden decidir por ellas mismas ya es otra cuestión, que requiere ponderar

Tras 17 años de la ley de Derechos del Paciente, debería ser indiscutib­le el respeto al rechazo a una transfusió­n

su bien superior por encima de la voluntad de sus tutores.

Desgraciad­amente todavía no es así, aunque muchos hospitales tienen protocolos de atención a los testigos de Jehová, pero como “colectivo” especial, en vez de considerar­los ciudadanos que ejercen su derecho a rechazar un tratamient­o, por las razones que sean. En este sentido, el Comitè de Bioètica de Catalunya ya publicó un documento de recomendac­iones, reclamando esta igualdad de trato, éticamente exigible.

Aún falta mucha formación para integrar en la dinámica habitual de los profesiona­les y de las institucio­nes, de una forma real, el respeto a la autonomía de la persona en el contexto de la salud, aceptando sus decisiones, y que el caso del hospital del Mar no sea una excepción ni motivo de noticia en la prensa.

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