La banca, obligada a exigir la firma de los clientes en productos complejos
La CNMV publica una circular en la que establece criterios de actuación
Tras el fiasco de las preferentes durante la última crisis financiera, las autoridades tratan ahora de evitar que se repitan situaciones similares con productos financieros de funcionamiento complejo. Esta semana, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado una circular a la que se tendrán que acoger las entidades financieras. Establece que los bancos y agencias de valores tendrán que obligar a los clientes minoristas a reconocer por escrito que están contratando productos “difíciles de entender” y que no son adecuados para su perfil de inversión.
¿Qué es lo que la CNMV considera que son productos difíciles de entender? El organismo que preside Sebastián Albella entiende como productos especialmente complejos los CFD (contrato por diferencia, en el que el vendedor estipula que pagará al comprador la diferencia con el valor actual de un activo en el momento de finalizar el contrato); las operaciones binarias, en las que se apuesta por la subida o bajada de un activo en bolsa; instrumentos de deuda que computan como recursos propios de las entidades (como los cocos, bonos contingentes convertibles, las preferentes o algunos tipos de deuda subordinada (AT1 y AT2)) y los productos estructurados complejos y derivados OTC (referenciados a valores no líquidos o a eventos de crédito o bien con una elevada finalidad especulativa).
Las entidades financieras o las empresas de servicios de inversión tendrán que advertir, también, a sus clientes sobre el riesgo de pérdidas en instrumentos del mercado de valores que puedan verse potencialmente afectados por un ejercicio de recapitalización interna. Así como la existencia de diferencias significativas entre el importe efectivo al que se realizará la compra o la venta con el cliente y el valor actual estimado por el producto.
El objetivo de la nueva circular es aumentar la protección del inversor minorista reforzando su consentimiento al informarle más y mejorar la transparencia en la distribución de instrumentos financieros.
Además, la circular dispone de mecanismos de flexibilidad que permitirán a la CNMV ampliar el catálogo en caso de ser necesario, por lo que fuentes de la institución no descartan la incorporación de productos relacionados con las criptomonedas, actualmente no incluidos en ella.
La nueva norma, compatible con la directiva MiFid II, entrará en vigor
El sector financiero ha mostrado su malestar, pero las autoridades tratan de proteger al pequeño inversor
tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y su tramitación ha incluido informes de la Comisión Europea, del Consejo de Estado y del Comité Consultivo de la CNMV.
La banca ha criticado esta nueva circular, pero el Gobierno y la CNMV persiguen proteger a los inversores de nuevas sorpresas, como en el caso Afinsa o en las preferentes, para evitar que vean como sus ahorros se evaporan. En algún caso, la comercialización de este tipo de productos financieros está prohibida para los minoristas, y sólo se pueden comercializar entre inversores institucionales.