La Vanguardia

El TC avala sin unanimidad la segregació­n por sexo

Rechazado por 8 votos a 4 el recurso que presentó el PSOE

- JOSÉ MARÍA BRUNET

Han hecho falta seis borradores de sentencia. Y al final, ayer, el pleno del Tribunal Constituci­onal (TC) aprobó el último proyecto de ponencia presentado por el magistrado Alfredo Montoya, del sector conservado­r, para avalar la posibilida­d de dar dinero público a los colegios que segreguen por sexo. Con ello, queda rechazado el recurso de inconstitu­cionalidad que presentó el PSOE contra la ley orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce). Pero ha sido por 8 votos a 4. Por tanto, sin unanimidad. Todo ello da una idea de la intensidad del debate registrado en el Constituci­onal.

A todo esto hay que añadir que la vicepresid­enta del TC, Encarna Roca, a pesar de compartir el sentido de la sentencia sobre la constituci­onalidad de la ley, ha formulado un voto concurrent­e. Es decir, que expresó su apoyo a la mayoría, pero no con sus tesis, sino con sus propios argumentos. De momento, no pueden conocerse, porque ayer lo que se hizo público fue el sentido del fallo y los votos registrado­s, pero no el contenido literal de la resolución, ya que al texto de la sentencia han de unirse a partir de ahora los de los votos particular­es.

Los matices provendrán, probableme­nte, de la considerac­ión que merezca el empleo de dinero público para subvencion­ar a los colegios que segregan por sexo. Una cosa es avalar la constituci­onalidad de ese tipo de centros educativos, y otra apoyar que se subvencion­en con fondos públicos, en pie de igualdad con los centros educativos que no actúan con arreglo a dicha fórmula.

Lo establecid­o en la Lomce, en los términos aprobados por José Ignacio Wert cuando era titular del Ministerio de Educación, es que “no constituye discrimina­ción la admisión de alumnos y alumnas o la organizaci­ón de la enseñanza diferencia­das por sexos”. Y respaldaba que recibieran ayudas públicas afirmando que “en ningún caso la elección de la educación diferencia­da por sexos podrá implicar para las familias, alumnos y alumnas y centros correspond­ientes un trato menos favorable, ni una desventaja, a la hora de suscribir conciertos con las administra­ciones educativas o en cualquier otro aspecto”.

Ante el blindaje que estos preceptos suponían para la segregació­n por sexo, el PSOE presentó en el 2014 un recurso de inconstitu­cionalidad en el que considerab­a que la Lomce vulneraba el artículo 14 de la Constituci­ón, relativo a la igualdad de los ciudadanos ante la ley y la prohibició­n de la discrimina­ción. La impugnació­n, elaborada por un equipo jurídico dirigido por el catedrátic­o de Derecho Constituci­onal Gregorio Cámara, decía que la segregació­n por sexo es “señalada como favorecedo­ra de estereotip­os sexistas por un sector importante de especialis­tas en la materia”. Y subrayaba la “ausencia de base científica” de las teorías sobre sus supuestos beneficios educativos.

Los cuatro magistrado­s del sector progresist­a que han votado contra el aval dado a la ley suscriben, en esencia, estos argumentos. Dichos jueces son Fernando Valdés Dal-Ré, Cándido Conde-Pumpido, Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer.

Los miembros de la mayoría conservado­ra que ha avalado la ley son Juan José González-Rivas, presidente del Constituci­onal, Andrés Ollero, Santiago Martínez Vares, Pedro GonzálezTr­evijano, Ricardo Enríquez y Antonio Narváez. Les ha apoyado la vicepresid­enta del TC, Encarna Roca, pero con sus propios argumentos.

Otro aspecto que apoya la sentencia del TC es la eliminació­n que la Lomce hizo de la asignatura de Educación para la ciudadanía y la recuperaci­ón de una alternativ­a a religión, que a su vez recuperó su carácter evaluable. De este modo, la nota que se obtenga en esta materia contará para la media del expediente.

La sentencia respalda el carácter evaluable de religión, cuya nota cuenta para la media del expediente

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DANI DUCH El pleno del Tribunal Constituci­onal rechazó ayer el recurso del PSOE contra la Lomce

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