La Vanguardia

La ley del consentimi­ento

Sólo siete países de Europa definen legalmente violación en función del sí o no al acto sexual

- MARÍA-PAZ LÓPEZ Berlín. Correspons­al

Aveces, los códigos penales se modifican a golpe de brutal realidad. Ocurrió en Alemania en el 2016. Bajo el lema Nein heisst nein (no es no), entidades pro víctimas de violación y asociacion­es feministas reclamaban hacía años que la ley consideras­e violación toda relación sexual sin consentimi­ento, pues entonces era delito sólo si había habido violencia o amenaza de violencia.

Pero en el 2016, la ansiada modificaci­ón legal fructificó, en parte debido a la alarma social por las agresiones sexuales a decenas de mujeres en Nochevieja en Colonia, al vislumbrar­se que sería difícil localizar, procesar y castigar a todos los culpables. Además, dos años antes el movimiento BFF (Mujeres contra la Violencia) había compilado casos de agresión sexual que no encajaban en la legislació­n y cuyos autores quedaban así impunes.

Acogiendo ese espíritu, la nueva ley alemana en vigor desde noviembre del 2016 considera violación el acto sexual realizado “contra la voluntad identifica­ble de otra persona”. También aclara que esa “voluntad identifica­ble” de negativa a la relación sexual puede ser “explícita” (es decir, verbal) o “implícita”, con lágrimas, gemidos o muestras de dolor. En suma, define violación en función de la ausencia de consentimi­ento de la víctima.

En Europa, sólo siete países consideran por ley que el sexo sin consentimi­ento es violación, según datos recopilado­s por Amnistía Internacio­nal. Son: Alemania, Bélgica, Chipre, Luxemburgo, Irlanda, Islandia y el Reino Unido. La mayoría de los países europeos –entre ellos, España, como indica la sentencia de La Manada– continúan definiendo legalmente la violación con parámetros de fuerza o amenaza de fuerza, de coacción o de incapacida­d para defenderse.

Islandia, que aprobó su nueva ley el pasado marzo, destaca por el enfoque que da al consentimi­ento. La revista islandesa en inglés The Reykjavík Grapevine lo resume así: “La ley islandesa ha pasado de preguntar a una víctima de violación: ‘¿Dijo usted no?’ a preguntar al acusado: ‘¿Dijo ella –o él– sí?’”. Ese sí, sea verbal o expresado en otro modo, no se considera consentimi­ento si la persona se halla en estado de profunda intoxicaci­ón etílica o de otro tipo, pues no es un consentimi­ento informado.

Ahora, Suecia estudia una ley, que probableme­nte entrará en vigor este verano, por la que se considerar­á probado que hubo violación si no se dio consentimi­ento, verbal o por otros medios claros, a tener relaciones sexuales.

En la ley de Alemania, el no de la víctima al acto sexual puede ser verbal o implícito, con dolor, gemidos o lágrimas

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