La Vanguardia

El Supremo deja a un paso de la cárcel a Urdangarin

El tribunal rebaja cinco meses la condena, que queda en 5 años y 10 meses La sentencia mantiene todos los delitos salvo el de falsedad en documento La Audiencia de Palma le notificará hoy el ingreso en prisión

- JOSÉ MARÍA BRUNET Madrid

Iñaki Urdangarin está a las puertas de la cárcel. Le ha puesto ahí el Tribunal Supremo (TS), a pesar de haber rebajado en 5 meses el total de las penas que le impuso la Audiencia de Palma. En la primera sentencia por el caso Nóos se le condenó a 6 años y 3 meses, y ahora se le imponen 5 años y 10 meses.

La Audiencia de Palma, que debe ejecutar la sentencia, ha convocado a Urdangarin, su exsocio Diego Torres y el expresiden­te balear Jaume Matas (PP) para que comparezca­n en su sede a lo largo de la mañana de hoy con objeto de que se les notifique el mandamient­o de ingreso en prisión. Torres ha sido condenado a 5 años y 8 meses y Matas a 3 años y 8 meses.

El Supremo considera en su sentencia que el exduque de Palma cometió seis delitos, los de tráfico de influencia­s, prevaricac­ión, fraude, malversaci­ón y otros dos de tipo fiscal. Pero le absuelve de falsedad en documento público.

El Tribunal Supremo estima que el condenado utilizó su matrimonio como “trampolín” social

Sólo una de las condenas impuestas por los seis delitos supera los 2 años de prisión, límite que permite evitar el internamie­nto en la cárcel en el caso de existir una única infracción penal. Pero en este caso la condena es por seis delitos, y Urdangarin tendrá que ingresar en prisión, porque lo que cuenta a estos efectos es la suma de todas las penas.

Al marido de la infanta Cristina le queda un cartucho que quemar, el del recurso en amparo ante el Tribunal Constituci­onal (TC). Pero la doctrina consolidad­a de esta institució­n indica que no se suspende la ejecución de las condenas cuando superan los cinco años de prisión. En tales casos se estima que la pena impuesta tiene suficiente gravedad como para que el recurso no impida el inicio de su cumplimien­to.

Las variacione­s de la sentencia –de la que ha sido ponente el magistrado Antonio del Moral– con respecto a la dictada en Palma no son muy sustancial­es en cuanto a la calificaci­ón de los hechos. Aunque en el caso de Urdangarin desaparece el delito de falsedad, el re- trato que permanece de la persona y su conducta remite a las mismas descripcio­nes del primer fallo. Es decir, el de alguien que se aprovechó de su situación social para obtener ganancias fáciles con pingües negocios.

“Es de destacar–explica el Supremo–que el logro del influjo ejercido desde el trampolín de su privilegia­da posición no se limita a la contrataci­ón, sino también y particular­mente a la exclusión de toda concurrenc­ia posible, obviando las condicione­s, presupuest­os y proyectos que otras empresas podían ofrecer mejorando las fijadas casi unilateral­mente por el recurrente (Urdangarin) y su socio”, Diego Torres.

La sentencia estima que la situación familiar de Urdangarin, como esposo de la infanta, y su proximidad con Matas y José Luis Ballester, director general de Deportes de Baleares, fueron determinan­tes para sus negocios en las islas. El Supremo pone sobre todo el acento en el primer factor, en el hecho de que Urdangarin gozaba de una “situación de privilegio” como “consecuenc­ia de su matrimonio con una hija de quien era entonces jefe del Estado”.

Gracias a ello –añade el fallo–, el exduque de Palma no sólo consiguió contratos para eventos y proyectos de promoción del deporte, sino que lo logró “orillando toda concurrenc­ia, y los condiciona­ntes que podrían derivarse de una tramitació­n ajustada a la legalidad”. El Supremo culmina su razonamien­to describien­do que Urdangarin logró en Baleares cuanto se propuso, de modo que “se produjo ese sutil pero patente y efectivo sometimien­to ante la posición del proponente, actitud que buscó y provocó deliberada­mente amparado en su notoria condición”. Y en cuanto al rendimient­o que las iniciativa­s de Urdangarin hubieran podido tener para las islas, la sentencia cita que hubo pagos al Instituto Nóos por valor de 445.000 euros “pese a no haberse producido la correlativ­a contrapres­tación”.

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JAIME REINA / AFP / ARCHIVO Urdangarin en una de sus comparecen­cias ante las instancias judiciales de Palma

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