España debe pagar a la madre de una niña asesinada por su padre
“Después de quince años, por fin la justicia me devuelve mi dignidad”. De esta manera respondía Ángela González a la decisión del Tribunal Supremo de condenar al Estado español a pagarla 600.000 euros por vulnerar los derechos de esta mujer tras el asesinato de su hija a manos de su padre, condenado por violencia de género, aprovechando una visita sin supervisión en el año 2003. El Supremo obliga a España a cumplir el dictamen de la ONU, organismo al que acudió González tras negarle la justicia cualquier reparación por lo que ella siempre defendió: que el asesinato de su hija, de 7 años, fue una negligencia judicial.
La niña fue asesinada cuando estaba con su padre tras levantar un juzgado de Navalcarnero el régimen de visita vigilado, pese a las 47 denuncias que había interpuesto la madre. Tras el asesinato de su hija, González presentó ante el Ministerio de Justicia una reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado al considerar que la muerte de la niña se podría haber evitado si se hubiese mantenido el régimen de visitas con vigilancia inicialmente establecido para regular la separación matrimonial. Pero ni el Ministerio, ni la Audiencia Nacional, ni el Supremo ni el Constitucional aceptaron su reclamación, por lo que González acudió a la ONU, del que obtuvo el amparo. Pero ni Justicia ni la Audiencia Nacional, por segunda vez, la hicieron caso. Hasta que ahora, el Supremo obliga a España a cumplir el dictamen de la ONU.