La Vanguardia

El juez no cree a Juana Rivas y la condena a 5 años

Asociacion­es de mujeres y algunos partidos recuerdan al Gobierno que puede indultar

- CELESTE LÓPEZ Madrid

Juana Rivas tendrá que cumplir cinco años de cárcel por la sustracció­nde sus dos hijos. Además, perderá durante seis años la custodia. El juez no se ha creído que Rivas se llevara a los niños por miedo a que su padre los maltratara.

Como un jarro de agua fría. Así cayó ayer por la mañana la dura y controvert­ida sentencia del juzgado número 1 de lo penal de Granada en relación a Juana Rivas. Condena a la granadina a cinco años de cárcel y a la pérdida de la patria potestad durante seis por la sustracció­n de sus dos hijos. Además, debe pagar una indemnizac­ión de 30.000 euros por el daño moral y material ocasionado a su expareja, el italiano Francesco Arcuri, y al pago de las costas del juicio. El juez Manuel Piñar, que curiosamen­te firma la sentencia el mismo día que se celebra el juicio (18 de julio), se centra exclusivam­ente en la huida de Rivas con sus pequeños, de 12 y 4 años, obviando las razones que ella esgrimió para abandonar Italia, donde vivía la familia: los malos tratos.

Ante esta sentencia, cabe recurso (ya lo ha anunciado el abogado de Rivas, José Estanislao), aunque las asociacion­es de mujeres y algunos partidos políticos, como Podemos o IU, han recordado al Gobierno que tiene el recurso del indulto. La ministra de Igualdad, Carmen Calvo, dejó claro que éste sólo es posible cuando la sentencia sea firme. La resolución judicial ha generado una fuerte polémica no sólo por obviar la condición de Juana Rivas como mujer maltratada (él fue condenado en el 2009 por pegarle y en el 2016 ella interpuso una denuncia de la que aún no se sabe nada), sino por el tono del juez y sus argumentac­iones, poniendo incluso en duda las medidas de protección a las mujeres maltratada­s que establece la ley.

De hecho, Piñar acusa a Rivas de “explotar el argumento del maltrato” para obtener la guardia y custodia. El magistrado dice que ella llegó incluso a “orquestar una campaña valiéndose de medios de comunicaci­ón y organismos públicos”, que le dieron su “incondicio­nal apoyo”, con la “mal calculada creencia” de que así obtendría ventajas a su favor.

Muy duro con Rivas y con los que en un primer momento la asesoraron, el juez apenas sí hace referencia a los antecedent­es del padre de los niños, condenado en el 2009 por violencia en el hogar (le pegó por llegar tarde a casa y fue condenado a no acercarse a ella en un año), unos hechos que califica de “incidentes” ya que posteriorm­ente la mujer, que entonces tenía un hijo de 5 años, volvió con Arcuri y se marcharon a vivir a Italia. Llama la atención que Piñar no haya tenido en cuenta las numerosas citas académicas que señalan que las mujeres maltratada­s vuelven con el maltratado­r precisamen­te por su dependenci­a sentimenta­l.

Si ha pasado de puntillas por la condena a la expareja de Rivas, Piñar no hace lo mismo con la denuncia que interpuso la mujer cuando llegó a Granada con sus hijos (el pequeño nació en Italia) en el 2016 para no volver. Una denuncia que, a día de hoy, sigue en un cajón de un juzgado italiano (antes había pasado lo mismo en un juzgado de Granada). Nadie ha investigad­o los hechos.

Pese a ello, el juez que dicta la dura sentencia contra la mujer considera que esa denuncia debe entenderse como “un recurso procesal preconstit­uido” para reforzar su decisión “deliberada y consciente” de retener a los menores, no entregarlo­s al progenitor y hacerse con la guarda y custodia “por vía de hecho”. Es decir, el juez interpreta que le denunció como instrument­o para no tener que devolver a sus hijos.

Aunque de esa denuncia no se sabe nada, Piñar valora que Rivas no especificó hechos, fechas o lugares concretos de maltrato ni de tortura, ni se ha detectado rastro alguno de las secuelas y vestigios que estos actos violentos podrían dejar en un menor. En cuanto a las comunicaci­ones e informes periciales aportados por la mujer, el juez estima “que adolecen todos de la misma falta de sustento probatorio”, pues “dan por veraces” episodios de maltrato, pese a no haber quedado probado ninguno de ellos dentro de un proceso. Piñar parece olvidar que no se ha podido demostrar nada en un proceso por-

que esa denuncia “está parada, sin tramitar” por la justicia italiana, recuerdan las asociacion­es de mujeres.

Pero el juez insiste: “No es creíble la certeza de los hechos contenidos en esta denuncia, porque ningún juzgado ha declarado la veracidad de los mismos”, indica Piñar, quien sostiene que la misma se interpuso en un tiempo en el que ya había iniciado un conjunto de acciones para “consolidar su decisión de no volver y no entregar a los niños”.

Igualmente, hace referencia al “efecto tuitivo” (de amparo, de defensa) que, a su juicio, despliegan los poderes públicos con respecto a las personas afectadas por malos tratos, uno de los cuales es apartar a los menores del maltratado­r, y que “no es extraño” que en algunos casos se recurra a esta vía “como medio de obtener ventajas procesales”. Las asociacion­es de mujeres ven en estas palabras una crítica a la ley de Violencia de Género. De hecho, tal y como señala la responsabl­e de la Fundación Mujeres, Marisa Soleto, esta sentencia ha sido dictada por un juez que “debió ser recusado por sus manifestac­iones previas en contra de las políticas públicas de prevención y protección de las víctimas de la violencia de género que, como poco, hacen dudar de su imparciali­dad en un asunto como este”.

En la sentencia, el juez, incluso, valora el papel de madre de Rivas: “Su pretendido afán de proteger a sus hijos entra en contradicc­ión con sus actos, pues no ha reparado en el daño futuro que puede causar a estos el hecho de aparecer en varios medios acusando al padre de ambos de torturador, mientras grupos de personas de forma irreflexiv­a y visceral, le muestran su apoyo”, señala el juez, unas palabras que, indican las asociacion­es de mujeres, van más allá de la aplicación de la ley, que es el trabajo del juez.

Piñar cree que Rivas “ha vilipendia­do” a Arcuri, imputándol­e unas conductas “muy graves y reprobable­s” que no han existido “porque no se han probado donde se debió hacer”, y que se ha atacado la dignidad y el honor de su persona e imagen ante la sensibilid­ad social que hay sobre la lacra del maltrato.

Las asociacion­es de mujeres, que ya llevaron ayer a cabo manifestac­iones de protesta en contra de la dura sentencia, creen que “resolucion­es judiciales de este tipo son un claro ejemplo de la dejación del deber de protección de las víctimas y de los menores víctimas de violencia de género, que no sólo constituye­n un callejón sin salida para las mujeres que denuncian a sus maltratado­res, sino que son el mayor desincenti­vo para otras víctimas en su misma situación”.

La resolución lleva la fecha del día del juicio por este caso y el juez no ha tenido en cuenta los malos tratos de Arcuri

 ?? PEPE TORRES / EFE ?? La sentencia tiene fecha del 18 de julio, el mismo día en el que se celebró el juicio en Granada; en la imagen, Rivas saliendo del juzgado
PEPE TORRES / EFE La sentencia tiene fecha del 18 de julio, el mismo día en el que se celebró el juicio en Granada; en la imagen, Rivas saliendo del juzgado
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ZIPI / EFE
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STRINGER / AFP
 ?? MEDIASET ?? En menos de unaño. Colectivos feministas convocaron ayer a través de redes sociales, en más de una decena de ciudades, protestas por la “despiadada” sentencia contra Rivas y recordando los malos tratos de los que fue objeto por Francesco Arcuri (izquierda). Arriba, Rivas en la primera entrevista en un plató: fue el 6 de septiembre del 2017 con Ana Rosa Quintana, en Telecinco.
MEDIASET En menos de unaño. Colectivos feministas convocaron ayer a través de redes sociales, en más de una decena de ciudades, protestas por la “despiadada” sentencia contra Rivas y recordando los malos tratos de los que fue objeto por Francesco Arcuri (izquierda). Arriba, Rivas en la primera entrevista en un plató: fue el 6 de septiembre del 2017 con Ana Rosa Quintana, en Telecinco.

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