Un magistrado con templanza
Andrés Martínez Arrieta (Logroño, 1955) fue uno de los fundadores de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria (AJFV), considerada el centrismo de la carrera judicial, en la que ingresó en 1979. Este es uno de esos datos que imprimen carácter, porque su perfil encaja bien con ese área de templanza judicial que trata de representar dicha corporación, la segunda en número de afiliados, más de 800, y situada entre los conservadores de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) y la izquierda judicial reunida en Jueces para la Democracia (JpD).
Sus primeros destinos en la carrera estuvieron entre los casos más mediáticos que llevó como juez de instrucción de Madrid entre los que cabe mencionar la investigación sobre la desaparición de Santiago Corella, el Nani, delincuente común que desapareció después de haber sido detenido por la Policía en noviembre de 1983.
Martínez Arrieta llegó al Supremo en 1989, como miembro del Gabinete Técnico, y en 1998 accedió a la Sala Penal. Contaba con 43 años. Ahora es el magistrado más antiguo en la Sala. De ahí que vaya a presidirla. Le corresponde hacerlo por ser el juez con más experiencia en el máximo órgano de la justicia penal, tras el ascenso de Manuel Marchena a la presidencia del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Tribunal Supremo (TS).
Como miembro de la Sala Penal, a Martínez Arrieta le han correspondido numerosas sentencias con repercusión mediática. Entre ellas, la que absolvió al exjuez Baltasar Garzón en el caso de la memoria histórica, aquel asunto en el que el exmagistrado de la Audiencia Nacional solicitó, entre otros material probatorio, el certificado de defunción del dictador.
La sentencia de Martínez Arrieta realizaba una firme defensa de la ley de Amnistía. Frente a la tesis de Garzón de que dicha ley no era aplicable al caso, el magistrado subrayaba que fue promulgada con el consenso total de las fuerzas políticas en el 1977. Martínez Arrieta argumentaba asimismo que no se trató de una ley “aprobada por los vencedores, detentadores del poder, para encubrir sus propios crímenes”. Y añadía que al haber sido la transición voluntad del pueblo español, “es por lo que ningún juez o tribunal, en modo alguno, puede cuestionar la legitimidad de tal proceso”. El magistrado concluía que “se tata de una ley vigente cuya eventual derogación correspondería, en exclusiva, al Parlamento”.
En aquel asunto al Supremo le preocupó especialmente la posibilidad de que el Tribunal
El nuevo presidente de la Sala Penal absolvió al exjuez Garzón en el caso de la memoria histórica
Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenara posteriormente a España. En parte por ello se intentó afinar especialmente los argumentos. Se sostuvo, así, que las normas internacionales que aplicó en el 2008 no estaban vigentes en el momento del levantamiento militar contra la II República. Y se subrayó que lo mismo cabría decir del delito de detención ilegal sin dar razón del paradero.
También fue ponente de la sentencia que mantuvo la inhabilitación de Arnaldo Otegi. Esta sí ha sido anulada ahora por el TEDH, pero por faltar la apariencia de imparcialidad de la juez de la Audiencia Nacional Ángela Murillo, en el juicio previo a la revisión del caso en casación por el Supremo.