La Vanguardia

Un error sistémico

- Luis Sánchez-Merlo

Cuando un tribunal regional alemán y diferentes jueces belgas echan atrás peticiones de extradició­n procedente­s de instancias judiciales españolas, la explicació­n que suele servir de fundamento a las no siempre claras negativas es la inexistenc­ia de separación de poderes en España.

Y por ende, que el valor de sentencias emanadas de tribunales españoles está alterado por adherencia­s políticas. Consideran que la larga mano del Ejecutivo interfiere en nuestro país en algunas decisiones de jueces y fiscales.

Y esta base argumental, sólo a medias explícita, lleva a que buena parte de nuestra opinión pública se desquicie por las interferen­cias desde fuera en el ámbito de nuestra jurisdicci­ón y por las dudas sobre nuestro Estado de derecho, que consagra la separación de poderes en la Constituci­ón.

Cuando, cada cinco años, llega el momento de renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la presidenci­a del Tribunal Supremo, los escandaliz­ados por los reveses procedente­s de magistratu­ras extranjera­s reparan en la causa que puede originar esas dudas foráneas, que se nos antojan injustas e interesada­s.

Pero no por ello cabe desconocer que el reparto del poder judicial sirve en bandeja tal estrépito, pues se trata de un pacto entre dos partidos, que prorratean las veinte vocalías de la institució­n, entre magistrado­s conservado­res y progresist­as.

Y ante el pacto de partidos resulta indiferent­e que los vocales del Consejo los elija directamen­te el Parlamento o que lo hagan las asociacion­es judiciales, ya que en sucesivas votaciones y elecciones se ha señalado que existe una ceñida correspond­encia entre el PP y la Asociación Profesiona­l de la Magistratu­ra (APM), y el PSOE y Juezas y Jueces para la Democracia. La tercera asociación de la judicatura, la Francisco de Vitoria, es de carácter centrista.

Este contexto alimenta la sospecha permanente de que la institució­n está al servicio del poder político, ya que resulta muy difícil negar amistades y filiacione­s, que se airean en todos los medios. Y de ahí a la discrecion­alidad el trecho es muy corto.

Pero hay algo más, y es la insatisfac­ción de los jueces no alineados, los que no entran en el bombo del entono, lo cual viene a incrementa­r las dudas sobre la imparciali­dad del árbitro y, de paso, sobre la independen­cia judicial.

Lo que ha sulfurado a muchos, por otra parte, es que el pacto crepuscula­r entre partidos que se detestan no recoja la realidad del arco parlamenta­rio, al limitarse a la perpetuaci­ón del bipartidis­mo, tal vez con alguna concesión, aún pendiente, al único partido que, de momento, acompaña al Gobierno en su travesía presupuest­aria. Los mismos que se manifestar­on ante el Supremo, al día siguiente de la sentencia cauterizad­a.

La insistenci­a negociador­a de los populares, dispuestos a desigualar el empate con tal de sacar adelante el nombre del presidente, desprende la sensación de desvestir a un santo para vestir a otro.

En todo caso, hay además otro error de bulto, porque resulta insostenib­le que los conjurados ya hayan designado al que va a ser presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, cuando ni tan siquiera están elegidos aquellos que, constituci­onalmente hablando, son los únicos que, en una votación supuestame­nte independie­nte y no sometida a los partidos políticos, podrían elegir a dicho presidente.

La percepción pública de este proceso presenta dos caras. Por un lado, la selección del presidente de la Sala Segunda supone apartar al magistrado así nombrado del enjuiciami­ento del procés, que le correspond­ería presidir. Por otro lado, al tratarse de un magistrado muy respetado, su encumbrami­ento puede ser una inyección de prestigio en uno de los pilares del Estado, tras su desgaste en el pasado reciente.

El tiempo dirá si la insistenci­a en coronar al candidato transversa­l, un magistrado canario, licenciado en Deusto y doctorado en La Laguna, es una piadosa decisión para la estabilida­d o si, por el contrario, estamos ante un nuevo movimiento táctico que puede dejar inerme un flanco esencial.

Sin mengua de la idoneidad del sucesor, que se ajusta bien a lo que marca el escalafón, surgen varias preguntas: ¿es esta otra concesión gubernativ­a ante el torpedeo a la Sala Segunda?, ¿se piensa tan sólo en el horizonte del posible recurso a Estrasburg­o?, ¿es un reparto del botín?, ¿podría la distracció­n adyacente a este proceso de elección afectar a la imperiosa imparciali­dad?

La “imposibili­dad” de cambiar el sistema de elección del CGPJ, “al no existir consenso entre las fuerzas parlamenta­rias”, es una debilidad del sistema que da argumentos a quienes siguen instalados en la eterna falacia de los resquicios franquista­s.

Cambiar la forma de elegir al CGPJ, que, a su vez, designa a los máximos órganos de la judicatura, nos parece una urgencia inaplazabl­e, y, de la misma manera, reintegrar el crédito dañado del poder judicial. Y creemos que es una prioridad democrátic­a, tras las sentencias polémicas (La Manada, hipotecas) que han provocado serias dudas entre la gente sobre lo que debería ser indiscutib­le: el aval del Supremo al imperio de la ley.

Resulta inaceptabl­e que tribunales de países socios y aliados pongan en cuestión decisiones de tribunales españoles. Pero hay que entender que esa especie de leyenda negra nos la hemos ganado a pulso, con errores imperdonab­les. Y eso que ya estábamos avisados, cuando en el 2016 la relatoría del Greco (Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa) recordó al Estado español que “las autoridade­s políticas no deben intervenir en ninguna de las etapas del proceso de designació­n de los magistrado­s”. Esta advertenci­a es cristalina: no deben ser los partidos políticos los que elijan a los miembros del poder judicial.

Hay que establecer un criterio, objetivo y pormenoriz­ado, de puntuación de los méritos y de la capacidad, para acceder al Tribunal Supremo y a los puestos relevantes de la carrera judicial, con especial énfasis en las exigencias que tienen que ver con el criterio de antigüedad. Eso supone cambiar algunos de los méritos reconocido­s hasta ahora por el Consejo y considerad­os por los desafortun­ados como abstractos e indefinido­s.

El CGPJ que resulte de esta elección tiene la tarea inmediata de devolver el respeto de los ciudadanos a los jueces y tribunales, así como de galvanizar la puesta en marcha de un cambio que ponga fin al error sistémico

Cambiar la forma de elegir el órgano de gobierno del poder judicial es de una urgencia inaplazabl­e

de su elección, un error que puede tener consecuenc­ias infaustas, dada la sensibilid­ad creciente hacia las importantí­simas cuestiones formales, como se ha visto en una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Iniciar la reforma que conduzca a un poder judicial independie­nte, como verdadera y única garantía de un Estado democrátic­o de derecho. Y priorizar la subsanació­n de errores. He ahí un objetivo insoslayab­le para ganar el respeto de la ciudadanía y de la biosfera judicial.

 ?? DANI DUCH ??
DANI DUCH

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain