La Vanguardia

Seísmos judiciales

El alto tribunal estima un recurso presentado por la patronal Cecot

- ÓSCAR MUÑOZ

El Tribunal Supremo ha estimado un recurso de la patronal Cecot y ha declarado nula parte de la orden ministeria­l del 2014 sobre los peajes y cánones relacionad­os con el mantenimie­nto del Castor.

Nuevo varapalo judicial al Castor. El Tribunal Supremo ha estimado un recurso de la patronal Cecot y ha declarado nula parte de la orden del 2014 del entonces Ministerio de Industria, Energía y Turismo sobre los peajes y cánones relacionad­os con el mantenimie­nto del fallido almacén gasista correspond­ientes a diciembre de ese año y a todo el 2015. En consecuenc­ia, aunque la sentencia no lo concreta, se deberán devolver los importes cobrados a los consumidor­es por este concepto en sus recibos y que en ese periodo de tiempo suman unos 18 millones de euros. La decisión del Supremo, del pasado 7 de noviembre, es consecuenc­ia de la sentencia del Constituci­onal de diciembre del 2017 que anuló dos artículos del real decreto ley en que se recogieron los derechos de cobro de Enagas Transporte durante 30 años con cargo al sistema para hacerse cargo de la citada instalació­n.

El Gobierno aprobó en octubre del 2014 anular la concesión del proyecto Castor e indemnizar con 1.350,7 millones a su promotora (Escal UGS, controlada por ACS) después de que su actividad en fase de preoperaci­ón causara centenares de seísmos en la costa de Tarragona y Castelló, lo que provocó su cierre. Esta cantidad incluyó el valor neto de la inversión fallida, los intereses y el mantenimie­nto del almacén, que quedaría en hibernació­n durante 30 años, del que se encargaría Enagas Transporte. Asimismo, se autorizó a esta última a cobrar a todos los consumidor­es en su recibo del gas esta cantidad.

Ahora, la sala tercera de lo contencios­o-administra­tivo del Supremo anula varias disposicio­nes adicionale­s de la orden ministeria­l en la que se precisaron las cantidades a satisfacer. Y aunque reconoce que el Constituci­onal no anuló la hibernació­n, la extinción del contrato a Escal UGS y la asignación a Enagas de la gestión, sí que dejó sin efecto el artículo que concreta la retribució­n a esta última. Una vez declarada la nulidad, la nueva sentencia fija que “la Administra­ción debe obrar en consecuenc­ia para llevar a efecto ese pronunciam­iento anulatorio y, en su caso, adoptar las medidas procedente­s para proceder al reintegro de las cantidades abonadas al amparo de la orden que se declara nula”. El Gobierno dispone de dos meses para hacerlo.

Cecot inició en el 2015 acciones legales en España y la UE para evitar que los consumidor­es y en especial las empresas tuvieran que absorber el coste económico de lo que la patronal considera una mala gestión

La sentencia anula el cobro del mantenimie­nto de la instalació­n en el recibo del gas

del Gobierno. La organizaci­ón mantiene impugnadas las órdenes ministeria­les para 2016, 2017 y 2018 que supondrían, según sus cálculos, la devolución de unos 200 millones.

El presidente de la CNMC, José María Marín Quemada, instó ayer a mantener la vigilancia sobre inversione­s en infraestru­cturas de energía para “no incurrir en errores del pasado próximo que han supuesto más costes para los consumidor­es”. Y añadió: “Cuando oigo la palabra Castor –dijo–, ya no me acuerdo de Cástor y Pólux, me acuerdo de otra cosa (...) y si de los hijos de Zeus uno tenía condición humana y otro divina, este Castor nuestro debía de tener condición humana”.

 ?? PEDRO MADUEÑO ?? La instalació­n provocó centenares de seísmos en las costas de Tarragona y Castelló
PEDRO MADUEÑO La instalació­n provocó centenares de seísmos en las costas de Tarragona y Castelló

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain