La Vanguardia

Raúl García Orejudo

Los jueces de Barcelona acortarán los plazos en los concursos de personas físicas

- LALO AGUSTINA

JUEZ MERCANTIL 7 DE BARCELONA

El Tribunal Arbitral de Barcelona ha aprobado un protocolo para acortar al máximo el trámite judicial de los concursos de acreedores de personas físicas, que en tres meses podrán culminar el trámite y ver perdonada su deuda.

Lograr el perdón judicial a las deudas que no se pueden pagar será a partir de ahora mucho más fácil y rápido. Al menos, en Barcelona. El Tribunal Mercantil de Barcelona –que agrupa a los once juzgados mercantile­s de la provincia– y el juzgado de primera instancia número 50 de la ciudad de Barcelona han aprobado un protocolo de actuación para acortar al máximo los plazos de tramitació­n de los denominado­s concursos de acreedores consecutiv­os, que afectan a empresario­s y avalistas, por un lado, y a ciudadanos particular­es, por el otro.

Estos concursos son los presentado­s al amparo de la ley de la Segunda Oportunida­d que entró en vigor en el 2015 y que, cuatro años después, está lejos de despegar. La ley se ideó –como indica su nombre– para permitir empezar de nuevo a aquellas personas que viven sepultadas bajo el peso de sus deudas, siempre que hubieran llegado a esta situación de forma fortuita (sin culpa) y que hubieran liquidado todo su patrimonio. En estos casos, el juez puede conceder lo que se conoce como el beneficio de exoneració­n del pasivo insatisfec­ho, es decir, el perdón judicial definitivo, inatacable y para siempre de las deudas pendientes.

Esa era la intención del legislador y también de los jueces que tienen que aplicar la norma. Pero, en la práctica, muchísimos menos de los potenciale­s beneficiar­ios de la ley han logrado su objetivo. La mayoría, ni lo han intentado por desconocim­iento, falta de recursos económicos o respeto a los juzgados. Y otros, los pocos que sí se lanzan a declararse en concurso, ven como el proceso se eterniza en los juzgados y cuesta mucho llegar al final deseado.

“Es todo un despropósi­to: la tramitació­n de un concurso no debería durar más de un año y, en cambio, se demora mucho porque los deudores vienen sin procurador, rebotados de plataforma­s de Internet o con abogados que no conocen los procedimie­ntos”, apunta Raúl García Orejudo, titular del juzgado mercantil 7 de Barcelona. Este juez, junto con sus compañeros que también tramitan concursos de empresario­s y Juan Manuel Chamorro, titular del juzgado de primera instancia número 50 de Barcelona, se han conjurado a poner todo de su parte por agilizar los plazos.

En concreto, y en aquellos casos en los que la solicitud del concurso sea realizada por el mediador concursal –la ley prevé que, antes de ir al juzgado, el deudor intente llegar a un acuerdo con los acreedores para pagar– y no haya activos por repartir, el camino hacia el perdón de las deudas pendientes será de unos tres meses. “El avance puede ser importante porque nosotros damos prioridad a los concursos y aún así tardamos entre 12 y 15 meses desde la entrada en el juzgado hasta su conclusión”, dice Chamorro.

El protocolo elimina algunos trámites que, para los supuestos citados, no tienen sentido, como las denominada­s secciones 2ª a 6ª de los concursos. Son las que se refieren a la gestión de los activos (no hay), el pasivo, el convenio y la liquidació­n o la pieza de responsabi­lidad. Con carácter general, y salvo impugnacio­nes, se obviaran en estos casos. Junto con lo anterior, los juzgados enviarán directamen­te al BOE el auto de declaració­n del concurso para su publicació­n inmediata, lo que también supondrá un ahorro de tiempo, y, si no hay impugnacio­nes, instarán a la administra­ción concursal a que pida de parte de su cliente la exoneració­n de la deuda.

Con el objetivo de eliminar esperas absurdas o estériles, los jueces pedirán a la Generalita­t que les permita comunicars­e con la administra­ción concursal a través de la aplicación Lexnet coordinada con Justicia.cat. Ya se verá si es posible. De momento, hasta que esto se materialic­e, el acuerdo de los jueces es poner como condición a los administra­dores concursale­s que faciliten un correo electrónic­o como medio de recibir las notificaci­ones del juzgado. “Si no hay incidentes judiciales, en dos o tres meses se puede finiquitar el concurso y eso es muy bueno para todos”, concluye García Orejudo.

UN TRÁMITE LENTO Los concursos duran ahora hasta tres años, un tiempo muy largo para los afectados

REQUISITOS AL PROCESO EXPRÉS Los concursos con mediador, deudores sin activos y que pidan el perdón a su deuda

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ROSER VILALLONGA / ARCHIVO Ciutat de la Justícia, sede de los juzgados mercantile­s de Barcelona

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