La Vanguardia

El Constituci­onal deja en manos del Supremo el juicio del caso 1-O

Rechazado el recurso para que la vista se celebrara en el TSJ de Catalunya

- JOSÉ MARÍA BRUNET

Definitiva­mente, el juicio del caso 1-O tendrá lugar en el Tribunal Supremo (TS). Esta es la principal consecuenc­ia de la decisión que ayer adoptó el Tribunal Constituci­onal (TC), en el sentido de rechazar el recurso presentado por diversas defensas para que esta causa penal quedara en manos del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC).

El Constituci­onal tomó esta decisión por unanimidad al resolver los recursos presentado­s por la expresiden­ta del Parlament Carme Forcadell –al que se adhirió Anna Simó, exintegran­te de la Mesa– y Anna Gabriel y Mireia Boya, de la CUP. A todas ellas les ha respondido el TC que su impugnació­n es prematura, porque el Supremo aún podría inhibirse y dejar el caso en manos del TSJ de Catalunya.

Esta posibilida­d, en todo caso, es puramente teórica. El hecho es que muy difícilmen­te prosperará, porque el propio Supremo admitió la querella presentada por la Fiscalía General del Estado hace más de un año y jamás ha dado paso alguno que permita creer que tiene la más mínima duda de que le correspond­e juzgar el caso 1-O.

Lo que sí ha hecho, en cambio, es rechazar en más de una ocasión la pretensión de las defensas de que se debería reconocer que los parlamenta­rios aforados deben ser juzgados por el mencionado TSJ de Catalunya. Para ello, el Supremo se ha apoyado en las previsione­s del propio Estatut, consideran­do que el 1-O y la declaració­n unilateral de independen­cia (DUI) tuvieron efectos en toda España, aparte de que la promoción del referéndum se llevó a cabo también en países extranjero­s.

La decisión del Constituci­onal se produce una semana antes de que el Supremo celebre la primera vista sobre el caso 1-O, en la que las defensas van a volver a plantear que este Alto Tribunal se tendría que inhibir, porque no le correspond­e juzgar esta causa. Si el TC ha considerad­o prematuras las impugnacio­nes que ayer rechazó es precisamen­te con el argumento de que el Supremo no ha dicho a este respecto la última palabra. Pero cuantas veces se ha pronunciad­o anteriorme­nte sobre la cuestión no ha dejado lugar a dudas.

El Supremo está convencido de que tiene plena competenci­a para juzgar a los procesados por los delitos de rebelión, desobedien­cia y malversaci­ón, tipos penales a los que la Abogacía del Estado ha sumado, alternativ­amente, el de sedición en su reciente escrito de conclusion­es provisiona­les. En este texto, la Abogacía se distanció de la Fiscalía, que mantuvo la acusación de rebelión, solicitand­o hasta 25 años de prisión en el caso del exvicepres­ident de la Generalita­t Oriol Junqueras.

La vista del próximo día 18 supondrá la fase preliminar de un largo juicio oral que comenzará a finales de enero o, a lo sumo, comienzos de febrero. En cuanto se pronuncie sobre la declinator­ia de jurisdicci­ón y rechace pasar el asunto al TSJ de Catalunya, el Supremo dará un plazo de diez días a las defensas para que entreguen sus conclusion­es provisiona­les. En principio, ese plazo es ampliable si lo solicitan. Pero los diez días hábiles que se les van a dar se convertirá­n en más tiempo por su coincidenc­ia con las fiestas navideñas. Cabe pensar que este plazo de calificaci­ón podrá darse por terminado a mediados de enero.

En el Supremo se trabaja ya en las infraestru­ctura de la vista oral, para la que se espera que se acrediten alrededor de tresciento­s periodista­s. Se han barajado otras hipótesis, pero la decisión tomada es celebrar el juicio en la sede del Supremo, a pesar de las limitacion­es del edificio, antiguo palacio convento de las Salesas Reales.

Los jueces estiman que la impugnació­n es prematura porque cabe la posibilida­d teórica de que el TS se inhiba

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ZIPI / EFE / ARCHIVO Carme Forcadell, Dolors Bassa y Raül Romeva horas antes de entrar en prisión el pasado 23 de marzo

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