Vía libre del TSJC a las elecciones en las cámaras
El Tribunal desestima la suspensión cautelar del voto
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha desestimado la suspensión cautelar del decreto electoral de la Generalitat del 31 de julio que regula el procedimiento de elecciones en las trece cámaras de comercio catalanas. Un elector había impugnado el decreto, que establece que la votación se hará por voto electrónico y presencial, porque no contemplaba la posibilidad de votar por correo postal. La sala quinta del TSJC ha resuelto este martes que no es necesario aplicar medidas cautelares al procedimiento de voto electrónico a las elecciones en las cámaras. En este contexto, la Generalitat ya puede convocar las elecciones a los entes camerales.
La consellera de Empresa i Coneixement, Àngels Chacón, declaró en un reciente encuentro con los medios de comunicación que preveía firmar el decreto de convocatoria de elecciones antes de Navidad y publicarlo en
el Diari Oficial de la Generalitat
de Catalunya (DOGC) en los primeros días del nuevo año, con mucha probabilidad el 7 de enero. De esta manera, las elecciones se podrían hacer en el mes de mayo (aunque el Ministro de Comercio había fijado como fecha límite el mes de marzo del 2019).
Chacón confiaba en que el TSJC se pronunciaría en este sentido y no suspendería cautelarmente el decreto, lo que habría retrasado las elecciones. El auto del TSJC argumenta que “sin prejuzgar el fondo de la cuestión” no se puede constatar “a primera vista en el estado inicial del proceso” que el decreto impugnado no sea apropiado. Además, también señala que no se acredita un daño que “pueda justificar la medida cautelar”. “Si bien es cierto que unas elecciones llevadas a término de acuerdo con un marco normativo ilegal afectaría a la validez de las mismas con la consiguiente afectación a la legitimidad de los nuevos órganos de gobierno y de los actos llevados a cabo hasta la ejecución de la sentencia favorable a la recurrente, no es menos cierto que la situación contraria es igualmente perjudicial; eso es, la celebración de unas elecciones en un marco normativo alterado por la medida cautelar que se nos solicita”, asegura el TSJC.
Después de la sentencia divulgada ayer, la Generalitat procederá a renovar los consejos de administración de las trece cámaras catalanas. En el caso de Barcelona, los candidatos a la sucesión de Miquel Valls ya han sido nominados. Es el caso de Carles Tusquets, Enric Crous, Ramon Masiá y José María Torres.c
En el actual contexto, la convocatoria electoral se hará el 7 de enero y la votación será en mayo