La Vanguardia

Tres condenados a 14 años por violar en grupo a una joven en Sevilla

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 14 años de cárcel a cada uno de los tres acusados de agredir sexualment­e a una joven en abril del 2017 junto al Estadio Olímpico de Sevilla, a la que deberán indemnizar con 84.315 euros por las lesiones, secuelas físicas y daños morales causados.

En la sentencia, el tribunal condena a Daniel D., Nelu M. y Albano I.M. por un delito continuado de agresión sexual a 14 años de prisión y 20 de prohibició­n de acercarse a la víctima a menos de 300 metros y comunicars­e con ella, además de 8 de libertad vigilada tras la pena de cárcel, sin que puedan acceder al tercer grado hasta cumplir al menos la mitad de la condena. La sentencia se contrapone así con la polémica en torno a La Manada, condenados por abuso y no por agresión sexual.

La Audiencia sevillana también les condena a cada uno al pago de una multa de 540 euros por un delito leve de lesiones con las atenuantes de embriaguez y reparación del daño y la agravante de abuso de superiorid­ad.

En el juicio, los acusados declararon que mantuviero­n sexo con la víctima pero que fue consentido y que las lesiones las sufrió al caerse por un terraplén, si bien en la sentencia el tribunal ve probado que los tres violaron a la joven, que en todo momento se opuso, gritó e incluso intentó huir, siendo golpeada violentame­nte.

Para el tribunal, “no existe la menor duda” de lo relatado por la víctima, que además “aparece apoyada en corroborac­iones periférica­s que sirven para dotar de verosimili­tud a su testimonio”, que en el juicio –celebrado a puerta cerrada– expuso por videoconfe­rencia.

Subraya que se aprovechar­on “de las facilidade­s que supone la actuación conjunta y, a su vez, reforzando con su presencia y, en algún caso, con el uso de la violencia, las agresiones sexuales cometidas por sus acompañant­es, anulando cualquier posible resistenci­a de la víctima”, por lo que aplica la agravante de superiorid­ad.

Por el contrario, estima que el consumo de alcohol esa noche por parte de los acusados “disminuía ligerament­e sus facultades volitivas e intelectiv­as”, por lo que aplica la atenuante de embriaguez por

El juez ve probado que hubo agresión sexual y que la chica en todo momento se opuso

la que ya la Fiscalía rebajó su petición de 23 a 19 años. Dos de los tres acusados se encuentran en prisión preventiva y uno en libertad provisiona­l, situación que de momento se mantendrá, mientras que las defensas han anunciado que recurrirán el fallo.

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