La Vanguardia

El TC anula el impuesto catalán que gravaba el peligro de las nucleares

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El Tribunal Constituci­onal (TC) ha anulado el impuesto catalán que gravaba el peligro de las nucleares derivado del uso de elementos radiotóxic­os. La sentencia del Constituci­onal declara inconstitu­cional el impuesto, lo que obliga al Govern a devolver los 17,3 millones de euros recaudados entre los años 2017 y 2018 en este concepto.

La ley declarada parcialmen­te inconstitu­cional había creado un impuesto que obligaba a los agentes que producían, manipulaba­n, transporta­ban, custodiaba­n o emitían sustancias radiotóxic­as a asumir el coste derivado de los riesgos que todo ello implicaba para el medio ambiente y la salud de las personas. La sentencia del TC anula desde el artículo 51 hasta el 68 la Ley del Parlament (de 28 de marzo del 2017), de medidas fiscales, administra­tivas y de regulación de diversos impuestos. La decisión del Constituci­onal implica que, a partir de ahora, el Govern ya no podrá seguir recaudando este impuesto, y que deberá devolver lo ingresado hasta ahora: 7,4 millones de euros en el 2017 y 9,9 millones en el 2018, más intereses.

Un 20% de estos ingresos iban destinados a la reactivaci­ón económica de los municipios que tienen centrales nucleares, precisamen­te para impulsar proyectos de mejora, fomento de los proyectos turísticos o la reindustri­alización en la zona de Flix. El Gobierno impugnó el impuesto al considerar que iba en contradicc­ión con la Lofca, por posible coincidenc­ia con el impuesto estatal sobre producción de combustibl­e nuclear gastado y los residuos radiactivo­s, así como también por el posible solapamien­to con el impuesto de actividade­s Económicas.

El TC ya declaró inconstitu­cional, en el 2016, el anterior impuesto de la Generalita­t sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear. El Govern ha venido defendiend­o, sin embargo, la constituci­onalidad del impuesto con el argumento de que se gravaba el riesgo medioambie­ntal, y no el combustibl­e gastado o los residuos radiactivo­s generados, por lo que no había ninguna duplicidad ni solapamien­to con las competenci­as estatales.

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