Multa a PwC por las cuentas del Popular
La Audiencia Nacional confirmó ayer una multa impuesta en el 2013 por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) a PwC por una infracción muy grave en la auditoría de las cuentas del 2012 del Banco Popular, en concreto sobre el efecto de la absorción del Banco Pastor. En junio del 2018, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó las sanciones impuestas por el ICAC a PwC y a su socio auditor José María Sanz Olmeda, a los que se considera corresponsables de dos infracciones graves en relación con los trabajos de auditoría de las cuentas anuales individuales del ejercicio 2012 del Banco Popular Español, y de las cuentas anuales consolidadas de la entidad Grupo Banco Popular, cuyos informes de auditoría fueron emitidos el 28 de febrero del 2013. La sentencia fija una sanción de 492.721 euros, el 0,33% de las cuentas consolidadas, y destaca que no basta con hacer meras descripciones de asientos ni con cuadrar los asientos del Banco Popular con los del Pastor, sin que consten las pruebas realizadas para verificar y ajustar a valor razonable. Añade que PwC no recopiló suficientes evidencias sobre la unidad generadora de efectivo (UGE), que el banco situó en 8.500 millones, superior a su valor en libros. Para PwC, los argumentos del ICAC son subjetivos y sin respaldo en la práctica auditora y ponen en evidencia la inseguridad jurídica que vive el sector.