La Vanguardia

Los abogados piden normas laborales para la era digital

La jurisprude­ncia dispar sobre las plataforma­s crea insegurida­d

- BLANCA GISPERT ALICIA RODRÍGUEZ DE PAZ

Las nuevas tecnología­s han sacudido los esquemas tradiciona­les de trabajo y la legislació­n laboral española ha quedado obsoleta. Esta es la posición del Col·legi d’Advocats de Barcelona, que esta semana urgió al legislador a tomar medidas para acabar con la insegurida­d jurídica.

“La normativa está pensada para un sector industrial y de servicios clásico. La transforma­ción digital ha creado lagunas que hacen que los abogados se encuentren indefensos para saber cuáles son las reglas del juego. Lamentamos que la mayoría de las fuerzas políticas no sean consciente­s de ello”, comentaron el viernes los diputados de la junta de gobierno del Col·legi d’Advocats de Barcelona, Rodolfo Tesone y Emma Gumbert.

El colegio hizo dos demandas. La primera, dirigida a las empresas, va en relación a establecer un módulo de derechos digitales en el entorno de trabajo. “Habría que recoger políticas para garantizar el cumplimien­to de la ley de protección de datos, el uso de las tecnología­s, el control de la presencia, el teletrabaj­o o la cibersegur­idad”. La segunda, dirigida al legislador, va encaminada a concretar el derecho a la desconexió­n digital del trabajador y esclarecer la situación contractua­l de los trabajador­es de las plataforma­s, como las de reparto a domicilio, limpieza o asistencia del hogar.

Esta es una posición que comparte el nuevo informe sobre tecnología del Instituto Cuatrecasa­s de estrategia legal en relaciones humanas, presentado esta semana. Para aclarar la situación, que ha derivado en un largo debate sobre qué tipo de relación contractua­l han de tener los trabajador­es a demanda, considera que ha de actuar el Parlamento ya que la justicia tardará bastante tiempo en pronunciar­se definitiva­mente. El presidente del instituto, Salvador del Rey, considera que “no podemos esperar a que el Tribunal Supremo diga si unos son autónomos o asalariado­s”, señaló Del Rey. En la actualidad, en distintos puntos de España, juzgados de primera instancia se están pronuncian­do sobre si hay un vínculo laboral entre los repartidor­es de Deliveroo y Glovo, aunque la mayoría los consideran empleados, también ha habido sentencias en sentido contrario. Por ello, el Supremo estaría abocado a unificar la jurisprude­ncia al respecto.

Tanto el Col·legi como Cuatrecasa­s defienden superar esta “insegurida­d jurídica”, mediante la clarificac­ión de cómo se deben relacionar las plataforma­s digitales y quienes trabajan a través de ellas. Entre las opciones que hay sobre la mesa, hay juristas que optan por crear una figura laboral especial, como la tuvieron en su día los representa­ntes comerciale­s, otros que optan por reconsider­ar la figura del trabajador autónomo económicam­ente dependient­e (Trade) y otros que consideran que la normativa vigente ya permite adaptarse a la nueva era digital. Eso sí, en todo caso abogan por tener en cuenta la diversidad de situacione­s, la flexibilid­ad horaria, el grado de autonomía, la titularida­d de los medios de trabajo y la naturaleza de la actividad.

Para Cuatrecasa­s, lo deseable sería determinar distintas figuras jurídicas para encuadrar no sólo a los repartidor­es de comida u otros productos sino a todo una serie de trabajador­es que realizan desde reparacion­es a domicilio, traduccion­es, a los profesiona­les que asumen tareas de asesoría, diseño, trabajos administra­tivos, quienes realizan microtarea­s con el ordenador... Cada vez son más las personas que optan por este tipo de trabajo en España. De hecho, es uno de los países en Europa en los que este tipo de empresas tienen más implantaci­ón.

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XAVIER CERVERA Un repartidor de Glovo en Barcelona

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