Norma común para Europa
Las aeronaves necesitarán matrícula y un sistema para tenerlas localizadas
La Unión Europea ya ha movido ficha con la industria de los drones con la aprobación de una norma obligatoria para todos los países miembros. Una regulación necesaria al no existir hasta la fecha una regla común, por lo que cada país ha ido aplicando sus particulares normas, a veces de forma apresurada, para adaptarse a las novedades de un negocio que no para de crecer.
Entre las novedades más destacadas de la nueva norma, que aún están analizando los diferentes miembros de la UE antes de imponerla, se refiere a la obligación de matricular todas las aeronaves no tripuladas. Tal y como avanza una portavoz de la Agencia Estatal de Seguridad Aèrea (AESA), que ha participado en la redacción de la norma europea, lo que se pretende es crear sistemas de registros nacionales en los que consten todos los datos personales (nombre, fecha de nacimiento, dirección, número de teléfono...) de los operadores de drones.
Otro requisito de obligado cumplimiento para los propietarios de esas aeronaves será la instalación de sistemas que permitan tenerla controlada en todo momento, a distancia, la posición de ese aparato. Esa información permitirá detectar a tiempo real si un dron invade un espacio aéreo prohibido, vuela a una altura superior a la permitida o sobrevuela por encima de edificios y personas sin tener permiso para ello.
La norma europea, indica la misma portavoz de AESA, establece tres categorías para los vuelos: la abierta, la específica y la certificada. La primera regula las operaciones que no requieren de permisos; la segunda fija los requisitos para los vuelos con fines profesionales (aquí se permitirá volar de noche o por encima de personas, con el pertinente permiso) y la tercera establece las normas para los aparatos más pesados,
cuyo uso quedará reservado a equipos de emergencia o empresas especializadas para el desarrollo de trabajos con esas aeronaves.
La norma europea deja abierta la puerta, indican estas mismas fuentes, a regular en un futuro el uso de drones para el reparto a domicilio. Una regulación que no se apunta en el caso de Europa tan fácil como la que ha permitido ese servicio en Australia o Estados Unidos, donde esos vuelos operan en zonas muy poco pobladas. Lo primero que tendrán que hacer los países de la UE será definir las zonas geográficas donde el vuelo de estas aeronaves no supongan riesgos. De momento, indica esa portavoz de AESA, cuesta imaginar que el reparto a domicilio con drones pueda permitirse en ciudades o zonas
En España se han dado diez permisos especiales para pruebas con aparatos de más de 25 kilos
urbanas muy pobladas. Habrá que esperar, pues, a ver como evoluciona la tecnología para valorar si es posible o no minimizar los riesgos de colisiones, caídas o fallos de esos aparatos.
Esa incerteza no impide, sin embargo, que el negocio de los drones siga siendo hoy una de las industrias más deseadas. AESA ha emitido ya en España una decena de autorizaciones especiales a empresas para vuelos experimentales con aeronaves de más de veinticinco kilos. Son pruebas que buscan mejorar una tecnología, en este caso destinada a trabajos de emergencias (como la entrega de medicamentos en zonas de desastres naturales) y labores de ayuda a equipos de rescate en incendios, accidentes o terremotos. Un universo que nada tiene que ver con la entrega, vía aérea, de una pizza a domicilio