PENSIÓN DE VIUDEDAD TRAS UNA RUPTURA
Se tendrá derecho a percibir l a pensión de viudedad si a la fecha de fallecimiento de la ex pareja o ex cónyuge se estuviera percibiendo una pensión compensatoria mensual establecida en la Sentencia que regule la separación, el divorcio o la ruptura. “No se podrá percibir”, explica María Jesús Mateo Ferrús, “más importe de pensión de viudedad que lo que se esté cobrando de pensión compensatoria. Existe alguna excepción a este l ímite, concretamente para l as personas que hubieran si do víctimas de violencia doméstica en las condiciones contempladas en la ley de la Seguridad Social ”.