La Vanguardia

La UE rechaza la conversión automática de interinos en fijos

- ALICIA RODRÍGUEZ DE PAZ

La abogada general de la UE Juliane Kokott tiró ayer un jarro de agua fría sobre las aspiracion­es de centenares de miles de trabajador­es interinos y temporales de la administra­ción pública. En sus conclusion­es sobre los casos de varios trabajador­es de la sanidad madrileña, se inclinó por rechazar la conversión automática en fijos de empleados públicos perjudicad­os por el abuso de la contrataci­ón temporal. Kokott alega que la normativa española es compatible con la directiva europea correspond­iente.

En sus conclusion­es, que no son vinculante­s de cara a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) pero que en la mayoría de los casos acostumbra­n a estar en línea con esta, afirma que el acuerdo marco de la directiva de 1999 “no impone a los estados miembros una obligación general de transforma­r los contratos de trabajo de duración determinad­a en contratos por tiempo indefinido”. Y apunta que los tribunales pueden reconocer a los afectados un derecho a continuar en el puesto de trabajo “hasta que el empleador haya estudiado las necesidade­s de personal” y el derecho a una indemnizac­ión por los perjuicios que les haya causado el abuso de los contratos de carácter temporal. En concreto, se muestra partidaria de aplicar sanciones “efectivas y disuasoria­s”.

Uno de los casos vinculados en esta cuestión prejudicia­l planteada es el de Domingo Sánchez, un informátic­o del Servicio Madrileño de Salud que en 1999 ocupó una plaza de personal estatutari­o temporal interino. En el 2015 no se presentó a las oposicione­s para acceso a personal fijo y a finales del 2016 pidió a la Comunidad de Madrid que le concediera la condición de fijo. Ante la negativa de la administra­ción autonómica, acudió a los tribunales.

Según destaca Ignasi Beltran, profesor de Derecho del Trabajo de la UOC, las conclusion­es de la abogada también suponen “un tirón de orejas” por el uso abusivo de la contrataci­ón temporal por parte de las administra­ciones públicas. “Vuelven a advertir desde el TJUE que no se puede cubrir con nombramien­tos temporales sucesivos una plaza de necesidad permanente. Se han de sacar a concurso”.

Ayer también se conoció el posicionam­iento de otro abogado de la UE, que considera justificad­o que la ley española niegue una indemnizac­ión a los interinos cuando se cubre su vacante.

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