El TS rechaza devolver el acta de eurodiputado a Junqueras
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado la petición del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras de que se decretase la suspensión cautelar del acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC), del pasado 3 de enero, por el que se declaró su pérdida de la condición de eurodiputado, al incurrir en causa de inelegibilidad sobrevenida por haber sido condenado a 13 años de prisión por un delito de sedición. El TS ordenó ejecutar la sentencia por la que se condenaba al líder de ERC a 13 años de prisión y otros 13 de inhabilitación por un delito de sedición tras conocer la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el alcance de su inmunidad. La JEC acordó retirarle su condición de eurodiputado, y, ante esta decisión, Junqueras presentó unas medidas cautelarísimas ante la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal, que las desestimó al no existir una causa de especial urgencia. Junqueras entonces pidió como medidas cautelares que se suspendiera el acuerdo de la Junta, petición que ha sido ahora rechazada. Para los jueces, la sentencia del TS es una “circunstancia objetiva” que valida el acuerdo de la JEC. / R.