La Vanguardia

“Para un juez no cabe otra opción que ser feminista”

Fernando Lousada, magistrado y autor de ‘El enjuiciami­ento de género’

- ANXO LUGILDE

Fernando Lousada Arochena (Montevideo, 1963) es un juez de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia con una amplia trayectori­a feminista. Autor de la primera sentencia que reconocía una indemnizac­ión por acoso sexual en el trabajo y asesor de la ley orgánica de Igualdad, acaba de publicar el libro El enjuiciami­ento de género.

¿Cómo recuerda el caso de su sentencia pionera de 1993?

Era un empresario que le enviaba notas a la trabajador­a para decirle si salían juntos. En alguna ocasión, cenando por motivos de trabajo en un desplazami­ento, le insinuó acostarse juntos y ella dijo que no. Tenía un contrato temporal y cuando se le acabó, no le renovó. Se apreció que tenía como causa el acoso del empresario y se reconoció una indemnizac­ión, en la que residió la novedad y la trascenden­cia jurídica del caso.

¿Es usted un juez feminista?

Sí, claro.

¿Cómo asumió esa posición?

Nunca me sentí machista. Supongo que en un momento de mi vida pues me di cuenta simplement­e que tenía que ser feminista. El estudio también ayuda. El gran remedio es la capacitaci­ón. Sería necesaria en todas las carreras profesiona­les y no habría que esperar a ser juez para obtenerla. Si queremos tratar objetivame­nte las cosas, no podemos incurrir en estereotip­os de género.

En su libro recalca que no puede existir una equidistan­cia entre machismo y feminismo, pues el primero defiende la supremacía del varón y el segundo, la igualdad de género. ¿Para ser juez hay que ser feminista?

Si crees en lo que pone el artículo 14 de la Constituci­ón, y yo considero que los jueces tenemos que creer en la Constituci­ón y la tenemos que aplicar, pues evidenteme­nte no cabe otra opción.

¿Es difícil ser juez feminista?

Los tiempos están cambiando como decía Bob Dylan. En otras épocas no había cursos de formación para jueces en materia de igualdad. Ahora la oferta cada vez está siendo mayor. Soy codirector del curso que se instauró en aplicación del pacto de Estado contra la violencia de género.

Afirma que “el derecho fundamenta­l a vivir sin violencia de género no está plenamente instaurado, sino que sigue siendo un derecho en progresiva construcci­ón”.

Los asesinatos lo demuestran. Seguimos todavía en un sistema de patriarcad­o suave. Hay mucho por hacer, no sólo en la aplicación de las leyes, sino en su redacción.

¿Por qué defiende el cambio del objeto de la ley orgánica contra la Violencia de Género?

Hemos tenido un planteamie­nto restrictiv­o, de la violencia de pareja o expareja, cuando hay muchísimas más manifestac­iones. Quedan fuera los asesinatos que pueden venir dados por un delito sexual previo, como por ejemplo el de Diana Quer. Incluirlos lo exige el convenio de Estambul, ratificado por España.

¿Qué valoración hace de la ley orgánica de Igualdad?

Está permeando a los operadores jurídicos como lluvia fina, sin pausa. En un primer momento todo el mundo se fijó en las disposicio­nes adicionale­s que cambiaban una treintena de leyes y en el permiso de paternidad. Se pensó que los artículos iniciales contenían generalida­des, pero son los que tienen más carga de fondo. En el uno se dice de manera directa que la igualdad es un derecho, que se puede reclamar. En el cuatro se introduce lo que ahora llamamos perspectiv­a de género.

¿Cómo evalúa el anteproyec­to de ley de la Libertad Sexual aprobado esta semana?

A nivel general, sin entrar en el detalle, está bien la desaparici­ón de la distinción entre abusos y agresiones que estaba generando muchos problemas interpreta­tivos. Lo relevante es que se determinen muy bien las distintas graduacion­es de la pena para que los órganos judiciales tengan perfectame­nte delimitado en qué casos se van a aplicar. Es un anteproyec­to muy amplio que tiene que pasar por un montón de filtros.

¿Qué le parece el reforzamie­nto del delito de acoso?

No hay discusión en que debía ser modificado. Tenía una penalidad inferior a otros delitos aparenteme­nte igual de graves.

¿Y la nueva regulación del consentimi­ento, el “sí es sí”?

La aplicación correcta de la legislació­n actual ya nos llevaba a decir que sólo el “sí es sí”. El que ahora se diga expresamen­te en la ley y que se diga cuándo se debe entender no está mal con carácter general. Ofrece unas pautas a las que los jueces nos podemos agarrar para interpreta­r la norma.

Si ya está en la legislació­n, no todos los jueces lo tienen claro.

Lo vimos en el caso de La Manada, en el que tuvo que venir el Supremo a afirmarlo en una sentencia en la que, sin decirlo, aplicó correctame­nte los criterios del enjuiciami­ento de género.

¿En qué consiste el enjuiciami­ento de género?

Es juzgar sin introducir prejuicios ni estereotip­os de género. Cuando los introduces puedes escoger hechos que no son trascenden­tes, como enjuiciar la conducta de la víctima, y tergiversa­r la valoración de la prueba.

LEY DE VIOLENCIA DE GÉNERO “Hay que cambiar su objeto, pues deja fuera asesinatos con un delito sexual previo”

LEY DE LIBERTAD SEXUAL “Había que acabar con la distinción de abuso y agresión, pero hay que graduar bien las penas”

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. El juez Lousada redactó la primera sentencia con una indemnizac­ión por acoso sexual en el trabajo

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