La Audiencia no juzgará por asesinato a la célula del 17-A
La Sala Penal acuerda la vista oral contra los tres detenidos
Casi tres años después de los atentados cometidos en Barcelona y Cambrils el 17 de agosto del 2017, en los que murieron 16 personas y 140 resultaron heridas, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó ayer la apertura de juicio oral contra Mohamed Houli Chemal, Driss Oukabir y Said Ben Iazza, presuntos miembros de la célula terrorista responsable de los ataques. Los tres imputados serán juzgados por los delitos de integración en organización terrorista, fabricación, tenencia y depósito de explosivos y estragos en grado de tentativa. Ninguno de ellos fue procesado como responsable de los fallecidos y heridos, ya que los presuntos autores murieron por los disparos de los Mossos d’esquadra o en la explosión del chalet de Alcanar (Montsià).
La Sala de lo Penal confirma así la conclusión del sumario por los delitos que incluyó el juez instructor en su auto de procesamiento y rechaza la pretensión de algunas acusaciones particulares y de las dos populares –la Asociación de
Víctimas del Terrorismo (AVT) y la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo– de devolver el sumario al juez para que procesara también a los imputados por los 16 asesinatos que cometió la célula en la Rambla de Barcelona y en Cambrils.
El instructor reconocía en su auto de procesamiento que el objetivo de la célula terrorista a la que supuestamente pertenecían los tres imputados era el de cometer varios atentados mediante el uso del explosivo que estaban fabricando en la vivienda de Alcanar, pero la explosión que se produjo el 16 de agosto en ese lugar “frustró e imposibilitó la posibilidad de seguir adelante con los planes terroristas trazados”.
Así, el magistrado concluía que no hay indicios de que Houli, Oukabir e Iazza hubieran conocido o participado en los nuevos planes delictivos adoptados por el resto de los integrantes de la célula, todos ellos abatidos tras la comisión de los atentados.
Aunque rechaza ampliar la imputación solicitada por las acusaciones, la sala recuerda que las calificaciones que hagan las partes de los hechos objeto de procesamiento “pueden variar y comprender posibles concursos” sin que se vulnere el derecho de defensa de los procesados, que han sido informados e interrogados sobre los mismos y pueden defenderse.
Sugiere que “las consecuencias lesivas, materiales y personales de la explosión del material almacenado en la casa de Alcanar podrían suponer la existencia de un concurso de delitos como entienden varias de las acusaciones”. En el mismo sentido, el auto explica la posibilidad de que las acusaciones imputen a Said Ben Iazza “por integración o simple colaboración” en su escrito de conclusiones.
Los responsables de los atentados y las muertes fallecieron por disparos de la policía o en la explosión de Alcanar