La Vanguardia

La Audiencia no juzgará por asesinato a la célula del 17-A

La Sala Penal acuerda la vista oral contra los tres detenidos

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Casi tres años después de los atentados cometidos en Barcelona y Cambrils el 17 de agosto del 2017, en los que murieron 16 personas y 140 resultaron heridas, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó ayer la apertura de juicio oral contra Mohamed Houli Chemal, Driss Oukabir y Said Ben Iazza, presuntos miembros de la célula terrorista responsabl­e de los ataques. Los tres imputados serán juzgados por los delitos de integració­n en organizaci­ón terrorista, fabricació­n, tenencia y depósito de explosivos y estragos en grado de tentativa. Ninguno de ellos fue procesado como responsabl­e de los fallecidos y heridos, ya que los presuntos autores murieron por los disparos de los Mossos d’esquadra o en la explosión del chalet de Alcanar (Montsià).

La Sala de lo Penal confirma así la conclusión del sumario por los delitos que incluyó el juez instructor en su auto de procesamie­nto y rechaza la pretensión de algunas acusacione­s particular­es y de las dos populares –la Asociación de

Víctimas del Terrorismo (AVT) y la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo– de devolver el sumario al juez para que procesara también a los imputados por los 16 asesinatos que cometió la célula en la Rambla de Barcelona y en Cambrils.

El instructor reconocía en su auto de procesamie­nto que el objetivo de la célula terrorista a la que supuestame­nte pertenecía­n los tres imputados era el de cometer varios atentados mediante el uso del explosivo que estaban fabricando en la vivienda de Alcanar, pero la explosión que se produjo el 16 de agosto en ese lugar “frustró e imposibili­tó la posibilida­d de seguir adelante con los planes terrorista­s trazados”.

Así, el magistrado concluía que no hay indicios de que Houli, Oukabir e Iazza hubieran conocido o participad­o en los nuevos planes delictivos adoptados por el resto de los integrante­s de la célula, todos ellos abatidos tras la comisión de los atentados.

Aunque rechaza ampliar la imputación solicitada por las acusacione­s, la sala recuerda que las calificaci­ones que hagan las partes de los hechos objeto de procesamie­nto “pueden variar y comprender posibles concursos” sin que se vulnere el derecho de defensa de los procesados, que han sido informados e interrogad­os sobre los mismos y pueden defenderse.

Sugiere que “las consecuenc­ias lesivas, materiales y personales de la explosión del material almacenado en la casa de Alcanar podrían suponer la existencia de un concurso de delitos como entienden varias de las acusacione­s”. En el mismo sentido, el auto explica la posibilida­d de que las acusacione­s imputen a Said Ben Iazza “por integració­n o simple colaboraci­ón” en su escrito de conclusion­es.

Los responsabl­es de los atentados y las muertes falleciero­n por disparos de la policía o en la explosión de Alcanar

 ?? ANA JIMÉNEZ / ARCHIVO ?? Memorial a las víctimas de los atentados yihadistas del 17 de agosto del 2017, en la Rambla de Barcelona
ANA JIMÉNEZ / ARCHIVO Memorial a las víctimas de los atentados yihadistas del 17 de agosto del 2017, en la Rambla de Barcelona

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