La Vanguardia

El TS anula la sentencia que mandó a Otegi a prisión

- JOKIN LECUMBERRI

El Tribunal Supremo atiende la resolución de Estrasburg­o según la cual Arnaldo Otegi no tuvo un juicio imparcial. En un auto hecho público ayer, la Sala Segunda anuló la sentencia de la Audiencia Nacional que en mayo del 2012 condenó al actual coordinado­r general de EH Bildu y a otros cuatro líderes abertzales a entre seis años y seis años y medio de prisión por el delito de pertenenci­a a organizaci­ón terrorista por “intentar reconstrui­r” la antigua Batasuna para formar una “alianza independen­tista siguiendo las superiores directrice­s de ETA” en el denominado caso Bateragune.

El Supremo revoca el fallo después de que en el 2018 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyera que la causa no fue imparcial debido a los comentario­s realizados por la presidenta de la sala, Ángela Murillo, en un juicio anterior contra Otegi, en este caso por enaltecimi­ento del terrorismo. En aquella ocasión, la magistrada profirió varias expresione­s polémicas, pero la principal llegó cuando preguntó al líder abertzale si condenaba el terrorismo de ETA. Ante el silencio de este, indicó: “Ya sabía yo que no me iba a contestar a esa pregunta”. El Supremo apartó del caso a Murillo al considerar que había “prejuicio”. Sin embargo, poco después, volvió a presidir otro proceso contra Otegi, el del caso Bateragune.

Estrasburg­o concluyó que, aunque eran distintos procesos y delitos, las palabras de la magistrada “implicaban que ella ya se había formado una opinión desfavorab­le” acerca del acusado, un precedente “claramente incompatib­le con su participac­ión en el segundo juicio”. Aunque Otegi ya cumplió de forma íntegra la condena de seis años y medio de cárcel, el auto de ayer sí anula la inhabilita­ción para ocupar un cargo público que pesaba sobre él hasta el 2021.

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