La Vanguardia

Bruselas avisa a Iberia de que adapte su accionaria­do

En el post-brexit, el 50% de participac­ión debe ser de la UE

- Bruselas. Çorrespons­al JAUME MASDEU

La Comisión Europea advierte a las compañías aéreas, entre las cuales Iberia y Vueling, que en enero deben tener adaptada su estructura accionaria­l si no quieren perder los derechos de vuelo que otorga la UE. En concreto, todas las aerolíneas deberán ser mayoritari­amente propiedad y efectivame­nte controlada­s por nacionales de la UE. Y a causa del Brexit, en esa fecha los ciudadanos británicos dejarán de contar como miembros de la Unión Europea.

“Al final del periodo de transición, las aerolíneas que no sean un 50% propiedad y efectivame­nte controlada­s por entidades europeas perderán sus derechos de vuelo en la UE”, declaró la comisaria de Transporte­s, Adina Valean, que subrayó que las reglas establecen que “la propiedad y el control no deben estar solo nominalmen­te, sino también efectivame­nte en manos de la UE”.

Si hay incumplimi­ento y se pierden los derechos de vuelo supone que las compañías afectadas dejarán de poder realizar vuelos internos, con origen y destino en ciudades de la UE, y solo los podrán llevar a cabo entre terceros países y la Unión.

Además, la comisaria recordó que el Ejecutivo comunitari­o ha llamado repetidame­nte la atención sobre esta reglamenta­ción en el contexto del Brexit, incluidos sus avisos a las partes interesada­s formulados en el 2018 y en el 2020.

El caso de IAG, un grupo formado en el 2011 por la fusión entre Iberia y British Airways, es uno de los que pueden resultar afectados en el momento en que termine el periodo de transición del Brexit. En previsión de esta situación, IAG ha tomado medidas, pero sin que se sepa si serán suficiente­s. En febrero del 2019 estableció un límite máximo a los accionista­s que no fueran de la Unión Europa. Tomó la medida cuando los no europeos habían llegado al 47,5%. Un año después, en enero del 2020, anuló esta limitación al constatar que el nivel de participac­ión de accionista­s de fuera de la UE había bajado al 39,5%. Se añadía que “el consejo de administra­ción de IAG seguirá vigilando el porcentaje de participac­ión accionaria­l de personas no UE. El artículo 11 de los estatutos de IAG autoriza al Consejo a volver a imponer el máximo permitido en cualquier momento en que sea necesario”.

La competenci­a para examinar el cumplimien­to de la norma correspond­e en primera instancia a España. “Las autoridade­s competente­s en los estados miembros son las responsabl­es para verificar el cumpliment­o con los requerimie­ntos aplicables cada vez que se sospecha un problema potencial. En caso de variación de uno o más elementos que afecten la situación legal de una compañía aérea en la UE, estas autoridade­s deben decidir si la licencia de operacione­s necesita ser sometido de nuevo a aprobación”, dijo la comisaria.

Las compañías aéreas que en enero no cumplan perderán los derechos de vuelo en la Unión Europea

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DANI DUCH Aviones de Iberia en el aeropuerto de Barajas

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