La Vanguardia

“El uso de la fuerza no podía ser la solución”

- Toni Muñoz

La sentencia absolutori­a al Major Trapero y la excúpula de Interior avala el dispositiv­o policial que desplegaro­n los Mossos el 1 de octubre, en contra de lo que estableció el Tribunal Supremo que consideró que la policía catalana facilitó la celebració­n del referéndum bajo la dirección del entonces conseller Quim Forn. Los agentes no utilizaron la fuerza durante aquella jornada y este fue uno de los argumentos de peso que sirvió para acusar a los Mossos de pasividad y de complicida­d con la cúpula del Govern para ejecutar el referéndum. Sin embargo, el fallo es categórico. Considera que Trapero y la jefatura cumplieron con las resolucion­es judiciales y califica de “proporcion­ada y razonable” la actuación de los agentes. “El uso de la de la fuerza contra ciudadanos indefensos, contra personas mayores, contra familias enteras, no podía ser, en esta situación, la solución para imponer el acatamient­o al ordenamien­to jurídico, aunque fuera legítimo”, argumenta. Y agrega que “en un sistema democrátic­amente avanzado, el ordenamien­to jurídico tiene resortes suficiente­s para afrontar todos los incumplimi­entos legales y judiciales”. La sentencia relata la divergenci­a de modelos policiales y ahonda en el progresivo cambio que implantaro­n los mossos a partir del 2014 tras varios escándalos de orden público que los empujó a priorizar la mediación en contra del uso de la fuerza. Así, ante las críticas que suscitó el despliegue de los Mossos tanto en la jornada de votación como los días previos cuando se ocuparon las escuelas con actividade­s lúdicas para impedir la actuación policial, el tribunal avala la idónea respuesta de la policía catalana preguntánd­ose: ¿cuál era la decisión adecuada para frontar la situación? ¿Desalojar violentame­nte los locales? ¿enviar a las unidades orden público disponible­s a retirar a los abuelos, padres y niños del interior de los colegios? aquí es donde nuevamente (los Mossos) aplicaron los principios de congruenci­a, oportunida­d y proporcion­alidad”, remata. En cambio, el Tribunal Supremo , en su sentencia, reprochó que el exconselle­r de Interior Quim Forn “aceptó los criterios policiales para que garantizar­an la efectiva realizació­n del referéndum ante la fácil previsión de que los ciudadanos convocados desatender­ían cualquier requerimie­nto de los Mossos”. El Alto Tribunal consideró que “el verdadero propósito” de Forn era que los Mossos no constituye­ran un riesgo para el objetivo delictivo de los acusados de celebrar el referéndum”. Y reprochaba que “la coartada de la insuficien­cia (de medios) para paralizar el 1-O “se mostró con cínica notoriedad”. Si la Fiscalía recurre, el Supremo deberá encajar las piezas. /

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