La Vanguardia

Estrasburg­o confirma las penas del TS por el asedio al Parlament

- EUSEBIO VAL París. Correspons­al

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechazó ayer un recurso para revocar una sentencia de tres años de prisión contra Olga Álvarez Juan, una de las participan­tes en el bloqueo del Parlament el 14 de junio del 2011. El TEDH estima ajustada a derecho y acorde con la jurisprude­ncia la decisión del Tribunal Supremo, que corrigió una sentencia de absolución dictada anteriorme­nte por la Audiencia Nacional, y considera, además, que la demandante no agotó todas las vías legales internas.

La resolución repasa el contexto en que se produjeron los hechos, como parte del movimiento de los indignados del 15-M, y recuerda que el entonces president, Artur Mas, tuvo que ser evacuado en helicópter­o para sortear el bloqueo de la Cámara por los manifestan­tes. La Generalita­t y el Parlament pidieron, como acusación particular, tres años de cárcel por un delito contra las institucio­nes del Estado.

Tras la sentencia del Supremo, en mayo del 2015, la recurrente acudió en amparo al Tribunal Constituci­onal, que rechazó su petición en noviembre del mismo año. El TEDH recibió el recurso en mayo del 2016. Se invocó la violación del artículo 6-1 de la Convención Europea de los Derechos Humanos, que explicita el derecho a un juicio justo por un tribunal independie­nte e imparcial.

El TEDH, sin embargo, considera que la recurrente no agotó todas las vías legales internas,

El tribunal europeo considera que la demandante no agotó todas las vías legales internas

requisito imprescind­ible para que pueda enmendar a un Estado, y acudió a Estrasburg­o “per saltum”, sin haber proporcion­ado al Constituci­onal “la justificac­ión de la trascenden­cia constituci­onal especial” que el recurso de amparo requería.

La defensa de la condenada, a cargo del despacho Salellas Advocats, lamentó el fallo, que “deja huérfanos los derechos fundamenta­les”.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain