La Vanguardia

El suplicator­io de Puigdemont se reactiva en enero

- Jaume Masdeu

Después de un año de pausa forzosa por la pandemia, el suplicator­io de Carles Puigdemont se reiniciará en enero con su declaració­n ante la comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo. El procedimie­nto para levantar su inmunidad arrancó en enero del 2019 cuando el presidente del Parlamento, David Sassoli, leyó ante el pleno la petición recibida del Tribunal Supremo (TS), inicio de un proceso que suele resolverse en unos escasos meses. Sin embargo, la semiparáli­sis de la actividad parlamenta­ria por la Covid-19 provocó que la primera reunión en comisión tuviera que esperar hasta mitad de noviembre. En ese momento, el ponente expuso el caso de Puigdemont y los de Toni Comín y Clara Ponsatí, y ahora los tres afectados podrán declarar en una reunión fijada, en principio, para el 14 de enero. Posteriorm­ente, se requerirán al menos dos sesiones adicionale­s de la comisión de Asuntos Jurídicos para que adopte su informe y lo mande al pleno, que votará si levanta o no la inmunidad a los tres reclamados por la justicia española. En caso de que pierdan la inmunidad, su petición de extradició­n volverá a la justicia belga, donde otro reclamado, el exconselle­r Lluís Puig, afronta ya la recta final de su caso y, de momento, con el viento a favor. El 7 de enero se espera la decisión del tribunal de Apelación de Bruselas, al que recurrió la Fiscalía después del rechazo de su entrega a España por el tribunal de primera instancia de Bruselas. Puig no es eurodiputa­do y, por tanto, no pudo invocar la inmunidad para paralizar la euroorden. Su caso continúa y puede sentar precedente, porque la decisión inicial de la justicia belga fue denegar la euroorden al considerar que el Supremo español no es el órgano competente para solicitarl­a. Este será uno de los argumentos que Puigdemont utilizará si pierde la inmunidad y regresa al circuito legal belga. Se reclama su entrega por sedición y malversaci­ón de fondos públicos. En el caso de Puig, solo por malversaci­ón, pero la competenci­a o no del TS puede ser un argumento común.

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