El Tribunal Supremo archiva la causa contra Iglesias por el caso Dina
La sala devuelve al juez el asunto, pero deja en manos de la exasesora el carpetazo final
El Tribunal Supremo (TS) rechazó ayer de nuevo iniciar una causa penal contra el líder de Podemos, Pablo Iglesias. Si ya se negó a investigar una supuesta financiación ilegal, recogida en el polémico informe Pisa, ahora lo ha vuelto a hacer al negarse a iniciar una instrucción por presuntamente haberse quedado con la tarjeta del móvil de su exasesora Dina Bousselham sin su consentimiento, haberla destruido y haber denunciado falsamente al excomisario encarcelado José Manuel Villarejo como el instigador de la publicación de parte del contenido de ese teléfono en la web Okdiario.
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-castellón avaló la tesis planteada, principalmente, por el exabogado de la formación política José Manuel Calvente, quien, tras ser despedido, denunció por diversos delitos al partido y a sus dirigentes. La Sala de Admisiones
del TS, bajo la ponencia de Andrés Palomo, habla de “ausencia de indicios consistentes” en la instrucción de García-castellón, que remitió al Alto Tribunal mediante una exposición razonada para que imputara formalmente a Iglesias por la presunta comisión de un delito de descubrimiento o revelación de secretos, otro de daños informáticos y un tercero de denuncia falsa. El magistrado lo hizo con el criterio en contra de la Fiscalía Anticorrupción, que ahora ve avalada su postura, a pesar de las críticas que en su día fueron vertidas desde algunos sectores, incluso acusada de connivencia con Podemos.
El Supremo ha decidido archivar la causa contra el vicepresidente segundo del Gobierno, aunque envía de nuevo el asunto a Garcíacastellón para que realice una serie de diligencias que, a su juicio, quedan pendientes. Sin embargo, deja en manos de Bousselham la llave para que quede archivado definitivamente.
El tribunal explica que el primero de los delitos, el de descubrimiento, no puede producirse si no existe una denuncia previa de la afectada o si esta no se siente víctima. Y recuerda que la exasesora de Iglesias en el Parlamento Europeo ya remitió un escrito al juzgado alegando que durante el tiempo que su exjefe tuvo en su poder su tarjeta, después de recibirla de la mano del director de una revista adonde había llegado tras un robo, ella no se siente agraviada porque Iglesias viera su contenido. El Alto Tribunal dice que el juez debió tomarle declaración y, a pesar de que la Fiscalía se lo pidió en dos ocasiones, este no aceptó. Ahora, deberá hacerlo por orden superior.
Por el segundo de los delitos, los magistrados consideran que el instructor tuvo que tomar declaración a los peritos que realizaron el informe en el que dijeron que la tarjeta estaba destruida para que aclaren cómo se produjeron esos daños y si fue voluntario, para de alguna manera poder señalar al líder de Podemos como el autor. La Fiscalía se lo pidió y el juez no lo hizo. Y por el tercero, la sala dice que no se puede probar la existencia de una denuncia falsa porque Iglesias señalara a las cloacas del Estado como las responsables de la publicación de unos mensajes del teléfono que le perjudicaban a él directamente.
Los magistrados del TS dan un espaldarazo a la postura de la Fiscalía Anticorrupción en la investigación