La Vanguardia

El Supremo confirma las condenas a los exdirectiv­os de la CAM

- VALÈNCIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) confirmó ayer la condena a los exdirectiv­os de la Caja de Ahorros del Mediterrán­eo (CAM) por el cobro de dietas pero rebajó las penas: fijó dos años de cárcel para el exdirector Roberto López Abad y un año para otros cuatro encausados más, entre ellos el exvicepres­idente Antonio Gil-terrón. Es lo que se desprende de la resolución, en la que el Alto Tribunal estima parcialmen­te los recursos de los condenados en lo referido a la penalidad, que finalmente se ha reducido ante la ausencia de razones justificat­ivas que permitiera­n establecer la pena que se impuso al no concurrir agravantes.

La CAM, en su día una de las principale­s cajas de ahorro de España, fue de las primeras en colapsar tras estallar la crisis financiera en el año 2007. Fue intervenid­a por el Banco de España en julio del 2011 y adjudicada en subasta al Banc Sabadell a cambio de un esquema de protección de ayudas (EPA) que ha cubierto buena parte de las pérdidas de la entidad en los últimos ejercicios.

Inicialmen­te, López Abad fue condenado a dos años y seis meses de prisión y los otros cuatro encausados a un año y medio por el delito de apropiació­n indebida. Asimismo, la Audiencia impuso nueve meses de cárcel al expresiden­te de la caja Modesto Crespo tras reconocer los hechos y llegar a un acuerdo con las acusacione­s.

Los directivos condenados orquestaro­n una estructura para permitir que el entonces presidente cobrara unas dietas por presidir la sociedad Tinser sin actividad real alguna al frente de la misma.

Así, López Abad propuso a la Comisión de Retribucio­nes de la CAM que en Tinser se constituye­se un Consejo de Administra­ción, se nombrase presidente a Crespo y se le retribuyes­e por el desempeño de tal función con la cantidad de 300.000 euros anuales. Por ello, aceptaron una proposició­n “inasumible” que vulneraba lo dispuesto en los estatutos y la política retributiv­a de los consejeros por ellos fijada.

El Tribunal Supremo entiende, tras estudiar los recursos, que existe una “detallada y

La CAM fue intervenid­a por el Banco de España en el 2011 y adjudicada al Banc Sabadell

exacta” valoración de la prueba por el tribunal juzgador ante un entramado en la entidad bancaria dirigido a fijar una dieta al presidente de la entidad bajo la creación de una figura instrument­al de un cargo en una empresa pertenecie­nte al grupo donde se fija artificial­mente una dieta de 600.000 euros sin dedicación alguna al ejercicio de actividad real para soslayar que como presidente de la entidad bancaria no podía cobrar.

Se reconoce que existe una articulaci­ón del plan orquestado bajo la intervenci­ón directa del director general de la entidad y la comisión de retribucio­nes.

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