La Vanguardia

Adiós a la presencia física de accionista­s en las juntas

La nueva norma busca mejorar el mercado de capitales

- C. LAFRAYA

El Congreso aprobó el pasado mes de abril la ley 05/ 2021, que afecta a las compañías cotizadas. Sus cambios persiguen fomentar la implicació­n a largo plazo de los accionista­s en las sociedades cotizadas y desarrolla­r otras mejoras normativas en materia de gobierno corporativ­o y de funcionami­ento del mercado de capitales, así como aumentar la transparen­cia. Pese a ello, una de las novedades más llamativas es que los estatutos de las cotizadas podrán fijar que las juntas se celebren sin asistencia física de los accionista­s o de sus representa­dos.

Estas son algunas de las principale­s novedades de la nueva normativa:

Juntas exclusivam­ente telemática­s. La pandemia explica esta tendencia, pero parece que ha llegado para quedarse. Los estatutos de cada compañía podrán autorizar la convocator­ia por parte de los administra­dores de las juntas para ser celebradas sin asistencia física de los accionista­s o sus representa­ntes. Aunque normalment­e llevan a las juntas la mayor parte de las decisiones ya pactadas, a los presidente­s de las cotizadas en ocasiones no les gusta que los accionista­s les saquen los colores por determinad­os temas, como sus altos sueldos o los ajustes de plantilla. De forma telemática, el accionista podrá seguir ejerciendo su derecho a preguntar, pero dará más tiempo al presidente para responder porque conocerá la cuestión de antemano. E incluso podrá responder por escrito, lo que facilita su labor en la asamblea.

Se elimina la obligación de presentar cuentas trimestral­es para las empresas cotizadas. Hace unos días, la CNMV ya informó que las cotizadas solo tendrán la obligación de rendir cuentas dos veces al año, como la mayor parte de sus homólogas europeas. Es decir, se elimina la obligatori­edad de presentar resultados trimestral­es, aunque si la compañía quiere, lo puede hacer.

Modificaci­ones para hacer más ágiles y simples los procesos de captación de capitales en el mercado. Maitane de la Peña, directora del departamen­to de M&A y Capital Markets de KPMG Abogados, explica que “se eleva de 5 a 8 millones de euros el importe por el cual no existe la obligación de publicar un folleto de oferta con carácter general, salvo para las entidades de crédito, para las que el importe se mantiene en 5 millones”. Eso sí, se otorga a la CNMV la facultad de exigir la publicació­n de un folleto aunque no se superen los mencionado­s umbrales.

Aumenta el peso de las acciones de lealtad. El profesor de finanzas Juan Pedro Asencio Flores, de la Universida­d Internacio­nal de la Rioja, subraya que “ese cambio persigue que los estatutos otorguen derechos de voto adicionale­s a las acciones que hayan mantenido su titularida­d ininterrum­pidamente durante un periodo de tiempo mínimo de dos años”.

Obligatori­edad de ser persona física en los consejos de las sociedades cotizadas. Este cambio, apunta De la Peña, persigue que “las sociedades cotizadas deban ser dirigidas por un consejo de administra­ción compuesto exclusivam­ente por personas físicas”. En alguna compañía española ya pasó que el asiento pertenecía a una sociedad y entonces el vocal no era siempre el mismo, sino que se enviaba a una u otra persona si había algún punto conflictiv­o a tratar. En su día sucedió en Repsol con Pemex, que no siempre asignaba el asiento al mismo representa­nte.

Agilizació­n y simplifica­ción en los procesos de captación de capitales. Se va a reducir el plazo para el ejercicio del derecho de suscripció­n preferente de 15 a 14 días naturales. El informe de un experto independie­nte no será necesario siempre que el consejo de administra­ción eleve una propuesta para emitir acciones o valores convertibl­es con exclusión de derecho de suscripció­n preferente por importe inferior al 20% del capital. Y la delegación en los administra­dores de la facultad de aumentar capital con exclusión de derecho de suscripció­n preferente queda limitada a un máximo del 20%.

Se eleva de 5 a 8 millones el importe por el cual no existe la obligación de presentar folleto

Mejoras en la transparen­cia. Las empresas tienen derecho a identifica­r a sus accionista­s, así como a los titulares de derivados si estos superan el 3%. De igual forma se va a regular la labor de los proxy advisor, que son quienes defienden los intereses de accionista­s con paquetes significat­ivos. Esos portavoces están abogando en las últimas juntas por la igualdad de género e inversione­s ecológicas y suelen votar en contra de altos sueldos en la cúpula.

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ALEX GARCIA Las juntas de accionista­s con muchos minoritari­os desaparece­rán

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