El Govern cambia la ley para ser acusación por Pegasus
La norma contempla la personación por violencia machista
La ley de acompañamiento de los presupuestos del 2023 es un totum revolutum que además de contener algunas medidas fiscales y económicas contempla también la modificación de la ley 7/1996 de Organización de los Servicios Jurídicos de la Generalitat para que estén habilitados a presentarse como acusación popular “en los procedimientos penales por descubrimiento y revelación de secretos” que afecten a toda persona “miembro del Govern, alto cargo o empleada pública o se pueda ver afectado el interés general”. Es un cambio pensado para el caso Pegasus, como reconocen desde el Ejecutivo catalán.
La Generalitat propone esta modificación en el artículo 9 de la norma después de que en julio la Sala de lo Penal de la Audiencia de Madrid le denegara la personación como acusación popular en el caso Pegasus. En ese tribunal es donde se investiga el espionaje mediante este software israelí que sufrió Pedro Sánchez, así como los ministros de Defensa e Interior, Margarita Robles y Fernando Grande-marlaska, respectivamente.
En esa ocasión, la Audiencia alegó que “ninguna norma legal autoriza a la entidad [la Generalitat] recurrente a personarse en este proceso como acusación popular”.
Con todo, esta modificación de la ley 7/1996 está pendiente de aprobarse. Está incluida en la ley de acompañamiento, por lo que solo podrá salir adelante si se aprueban los presupuestos catalanes del 2023. Y esta es una cuestión que ahora mismo no está clara, con el Govern negociando por separado con el PSC, Junts y los comunes.
En todo caso, la reforma es más extensa y abarca más casos. La Generalitat pretende también ejercer la acusación popular en procedimientos penales por violencia machista; por muerte o maltrato físico, psíquico o sexual grave a niños o adolescentes “con independencia del medio utilizado para la comisión del delito, incluidos los electrónicos o digitales”; por hechos delictivos motivados por odio o discriminación “o que puedan afectar de forma especialmente grave a los derechos fundamentales”; y en los procedimientos para la protección de los intereses económicos de los consumidores y usuarios “cuando los afectados sean una pluralidad de personas especialmente vulnerables”.
Con todas estas especificaciones, el Govern de la Generalitat quiere delimitar con precisión en qué casos podría personarse como acusación popular. De hecho, la Audiencia de Madrid argumentó que no servía que la Generalitat se amparase en la Ordenació del Sistema de Seguretat Pública de Catalunya, “por su carácter genérico y su omisión del derecho a accionar penalmente de dicha entidad”.c