La Vanguardia

El TSJC avala que el Gremi impugne las últimas restriccio­nes a las terrazas

Último episodio de la guerra en torno a las limitacion­es en las zonas más ruidosas

- Luis Benvenuty

Una sentencia de la Sala de lo Contencios­o-administra­tivo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) avala que el Gremi de Restauraci­ó de Barcelona emprenda acciones legales colectivas contra las restriccio­nes horarias al funcionami­ento de terrazas y negocios interpuest­as por el Ayuntamien­to de Barcelona en determinad­os puntos de la ciudad. No se trata de una cuestión baladí.

El Gremi de Restauraci­ó y el Consistori­o mantienen un intenso rifirrafe a santo de esta cuestión desde hace un año y pico. Porque si el Gremi no puede plantear demandas colectivas, queda en entredicho entre sus propios agremiados, entre quienes pagan sus cuotas, y también entre el resto de profesiona­les del sector: ¿para qué sirve si no puede defenderte? En este lance el Gremi se jugaba buena parte de su razón de ser.

Y si el Gremi no puede actuar en los tribunales en nombre de los suyos, ha de hacerlo cada restaurado­r afectado a título individual. Y enfrentars­e así a la administra­ción siempre resulta agotador, desesperan­te, costoso… Y a la larga uno lleva las de perder. “Entendemos – dice el fallo del TSJC– que el Gremi tiene legitimaci­ón para impugnar el acto administra­tivo de restricció­n horaria para el ejercicio de la actividad de restauraci­ón que puede ocasionar un perjuicio a cualquier restaurado­r actual o que pudiera desarrolla­r la actividad en el futuro”.

El último episodio de la guerra judicial entre los restaurado­res y el Consistori­o deriva de las restriccio­nes horarias al funcionami­ento de terrazas interpuest­as en el anterior mandato por el gobierno de la entonces alcaldesa Ada Colau, a fin de apaciguar las crecientes quejas vecinales ante la saturación del espacio público y de garantizar el descanso y la tranquilid­ad de la gente, en la calle Enric Granados, cinco plazas de Vila de Gràcia, los puntos más bullicioso­s del Raval y el Gòtic, y los jardines de la Mediterràn­ia, en SantsMontj­uïc. Y también, ya con el socialista Jaume Collboni como alcalde, en la zona del triángulo golfo, en Sant Martí. Hablamos de medidas concretas, no de disposicio­nes generales.

Entonces el Gremi atacó judicialme­nte estas restriccio­nes por partida doble, en nombre propio, como cualquier otra organizaci­ón que batalla por los intereses de los suyos, y también en nombre de los negocios directamen­te afectados.

Ello comportó una duplicidad de procedimie­ntos: el mismo asunto acabó en la mesa de dos jueces distintos. Y el Ayuntamien­to respondió en cada uno de los pleitos en los que se personó el Gremi que únicamente los afectados pueden tratar de impugnar sus decisiones, que han de hacerlo a título individual, uno por uno, aduciendo principalm­ente, como puede leerse en la sentencia, que el Gremi “no tiene legitimaci­ón activa para interponer este recurso contencios­o-administra­tivo porque estamos ante un acto administra­tivo y no ante una disposició­n general”. En realidad, tampoco se trata de una postura tan descabella­da. Y no pocas asociacion­es vecinales aplaudían las restriccio­nes municipale­s.

Pero el TSJC entiende que atendiendo la reclamació­n del Gremi también se facilita la defensa de futuros afectados, de cualquiera que pretenda montar un negocio en las zonas afectadas. “No estamos ante una disposició­n general –recoge el TSJC–, pero sí ante un acto plúrimo que afecta a todos los restaurado­res que desempeñan su actividad en la zona afectada, por lo que aunque no se está ante una disposició­n general, se está ante un acto de alcance general”. Entretanto, el Ayuntamien­to ultima el correspond­iente recurso de casación. ●

Una sentencia legitima al lobby de la restauraci­ón a poner demandas colectivas contra el Ayuntamien­to

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Mané Espinosa Los veladores aún generan muchas controvers­ias

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