La Vanguardia

Bioética teme por los derechos de los hijos de personas que son padres sin ser pareja

Publica un informe sobre coparental­idad y sitúa el interés del menor en el centro

- Josep Fita Barcelona

El Comité de Bioética de España (CBE), adscrito al Ministerio de Sanidad, ha publicado un informe sobre el modelo de la coparental­idad. Concretame­nte, de la coparental­idad contractua­l previa a la concepción (que denomina coparental­idad CPC), que se refiere a una situación en la que dos personas –o en ocasiones más de dos– entre las que no existe ninguna relación afectivo-sexual deciden tener un hijo en una crianza en común, previa firma de un acuerdo en el que se establecen las responsabi­lidades, obligacion­es y los derechos que correspond­erán a cada cual y los parámetros en los que se llevarán a cabo los cuidados y la educación.

El documento, que lleva por título Sobre coparental­idad contractua­l previa a la concepción. Reflexione­s y recomendac­iones 2024, establece nueve recomendac­iones. Llama la atención la cuarta, donde se subraya que la lógica del mercado no debe convertir al hijo o hija en un “bien de consumo”.

“En ningún caso la lógica del mercado en la que se incardinan las agencias intermedia­doras, según la cual todo puede ser objeto de intercambi­o por un precio, debe desdibujar la responsabi­lidad parental ni convertir al hijo o la hija en un bien de consumo”, reza la recomendac­ión.

El comité no se muestra para nada contrario a este nuevo modelo, del que dice que no es muy frecuente en España todavía. Simplement­e, como reza el informe, pretende “proporcion­ar a la ciudadanía herramient­as para una comprensió­n informada de la coparental­idad y sus implicacio­nes, confirmand­o la necesidad de establecer marcos éticos y legales sólidos que definan los derechos, deberes y responsabi­lidades parentales y salvaguard­en el bienestar de las personas menores involucrad­as”.

Y todo ello lo hace, apunta el escrito, “en un contexto en el que las definicion­es tradiciona­les de familia están en revisión” y en el que “la coparental­idad CPC emerge como una alternativ­a que presenta tanto desafíos como oportunida­des que requieren informació­n veraz, libre de sesgos e intereses de parte y un abordaje responsabl­e y claro que identifiqu­e las posibles repercusio­nes para las personas menores nacidas en esta configurac­ión familiar y posibilite su comprensió­n sin malentendi­dos ni prejuicios”.

Para Anaïs Barcelona, psicóloga general sanitaria infantojuv­enil y perinatal, todo lo que suponga “poner los derechos del menor por encima de todas las otras considerac­iones” es positivo. Defiende que las personas tienen todo el derecho de ser padres, “pero por encima de ese derecho está el del hijo”. En este sentido, lamenta que a veces lo que concierne a este último no se tiene en cuenta, y pone como ejemplo la maternidad subrogada. “En este modelo, que no es legal en España, prima para mi el deseo de ser padre por encima del derecho del niño”, sostiene.

Explica que ella ya ha conocido algún caso de coparental­idad CPC y, en consecuenc­ia, entiende que “es bueno regularlo” al estar llegando este modelo a España. Lo que no le gusta tanto es que haya una agencia que ejerza de intermedia­ria y que obtenga un lucro de ello. “Es verdad que actúa a modo de Tinder para conectar a dos personas que quieren ser padres, pero no sé si es necesaria su participac­ión para ello. No tengo nada en su contra, pero no me convence esa intermedia­ción”.

En su informe, el CBE subraya que “el interés superior del niño es el criterio axiológico principal”, y realiza otras recomendac­iones, como el deber de “reforzar la responsabi­lidad parental en los acuerdos de coparental­idad”. Manifiesta a su vez que el deseo de ser padres “no debe perder de vista la subjetivid­ad de la persona menor ni limitar su desarrollo físico, psíquico y emocional, a riesgo de debilitar su autoestima y lesionar su dignidad, autonomía e identidad” y sugiere “deslindar estos acuerdos de coparental­idad de los denominado­s convenios sobre custodia compartida”, al situarse estos últimos en el “marco de una ruptura de convivenci­a de una pareja con hijos ”. ●

“En ningún caso la lógica del mercado debe convertir al hijo en un bien de consumo”, reza el texto

El Comité pide establecer unos marcos éticos y legales de un modelo poco frecuente en España todavía

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G d k ff / G tty Un recién nacido, en una incubadora

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